Ministerio de Justicia publica protocolos para fortalecer la justicia juvenil restaurativa

ANDINA/Difusión

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00:13 | Lima, ene. 4.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobó dos protocolos fundamentales para la implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Se trata del Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de los Mecanismos Restaurativos.

Ambos protocolos fueron aprobados mediante el Decreto Supremo n.° 030-2025-JUS, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del El Peruano.

El primer protocolo, referido a la Justicia Terapéutica, aborda de manera integral los factores que inciden en el comportamiento infractor, con especial énfasis en las necesidades de salud mental y el tratamiento del consumo problemático de sustancias psicoactivas. 

Este enfoque se aplicará en todas las etapas del proceso: diligencias preliminares, investigación preparatoria, etapa intermedia, juicio oral y ejecución de medidas.


El programa incluye la detección mediante exámenes toxicológicos, derivación a centros de salud y un seguimiento judicial estricto mediante pre-audiencias, audiencias de seguimiento y audiencias de reconocimiento de logros.

Mecanismos restaurativos

Por su parte, el protocolo de Mecanismos Restaurativos establece reglas claras para su aplicación en diversas etapas procesales, tales como la remisión, el acuerdo reparatorio, la terminación anticipada y durante la ejecución de medidas socioeducativas. 

El objetivo es que el adolescente comprenda las consecuencias de sus actos y repare el daño causado a la víctima y a la comunidad.

La reparación podrá ser de tres tipos: directa (encuentros presenciales), indirecta (comunicación vía cartas o videos) y simbólica (acciones en beneficio de la comunidad). La implementación de estos mecanismos estará a cargo de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia (MINJUSDH), a través de mediadores penales juveniles o conciliadores debidamente acreditados.

Ambos documentos normativos definen roles específicos para el Ministerio Público, el Poder Judicial, el MINJUSDH (a través de la Defensa Pública y la Dirección de Conciliación) y el Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ), en articulación con el sector Salud. Esta coordinación garantiza una atención especializada que favorece la rehabilitación y previene la reincidencia.

Cabe destacar que estos protocolos se enmarcan en el Decreto Legislativo n.° 1348, modificado por el Decreto Legislativo N° 1673, y actualizan las disposiciones del Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo n.° 005-2025-JUS. Su cumplimiento es obligatorio para todas las instituciones que integran el Sistema Penal Juvenil a nivel nacional.

(FIN)NDP/HTC/CVC

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Publicado: 3/1/2026