Erick Moreno, alias “El Monstruo”: justicia peruana podría imponerle cadena perpetua

Señala abogado penalista Carlos Caro

Erick Luis Moreno Hernández, alias “El Monstruo”, fue trasladado desde Paraguay al Perú en medio de estrictas medidas de seguridad. Foto: ANDINA/Difusión

Erick Luis Moreno Hernández, alias “El Monstruo”, fue trasladado desde Paraguay al Perú en medio de estrictas medidas de seguridad. Foto: ANDINA/Difusión

20:00 | Lima, ene. 28.

Erick Moreno Hernández, alias “El Monstruo”, fue traído esta noche a Lima para enfrentar a la justicia peruana por una serie de graves delitos vinculados al crimen organizado. El cabecilla de la organización criminal “Los Injertos del Cono Norte” ya cuenta con una condena previa de 32 años de prisión; sin embargo, nuevos procesos penales podrían agravar su situación jurídica, incluso con la posibilidad de una condena a cadena perpetua, según el abogado penalista Carlos Caro.

En diálogo con Andina al Día, el jurista penal aclaró que es incorrecto afirmar, como se ha venido diciendo, que el Perú no podría condenar a Moreno Hernández a cadena perpetua debido a supuestas restricciones del ordenamiento jurídico paraguayo.

Manifestó que los tratados de extradición solo prohíben la imposición de penas consideradas inhumanas, como la pena de muerte, pero no limitan la aplicación íntegra de la ley penal peruana cuando los delitos fueron cometidos en territorio nacional. 

"Si los delitos se cometieron dentro del territorio nacional, se aplica la ley peruana en todos sus extremos, pero siempre dentro del marco del proceso de extradición, es decir, no puede haber un juzgamiento por hechos diferentes ni sanciones diferentes. Entonces, la única limitación es el marco de la extradición, pero no los límites de la aplicación de la ley peruana...que puede dar lugar a un nuevo proceso y a que sí se le imponga la cadena perpetua", explicó el Dr. Caro a la agencia Andina


En ese marco, refirió que si los nuevos procesos corresponden a hechos distintos a los ya juzgados y forman parte de la extradición concedida, el Poder Judicial puede imponerle, luego de un juicio, sanciones más severas.

Actualmente -dijo- “El Monstruo” tiene una condena de 32 años de pena privativa de la libertad por delitos contra la libertad, secuestro y otros. No obstante -añadió- los procesos adicionales por sicariato, extorsión, homicidio y crimen organizado podrían derivar en penas mayores. En casos de asesinato o secuestro con resultado de muerte, la legislación peruana contempla penas de hasta 35 años o incluso cadena perpetua, sin que exista una prohibición para aplicarla.


Respecto a esta última sanción, el abogado explicó que la cadena perpetua en el Perú es revisable (a futuro). Como regla general, el condenado puede solicitar la revisión de su pena después de haber cumplido 35 años de prisión. La eventual liberación dependerá de una evaluación judicial que determine que el interno ya no representa un peligro para la sociedad, criterio que suele considerar factores como la edad avanzada y la conducta penitenciaria.

Caro también destacó que un juez podría optar por imponer directamente la pena más alta del sistema penal como respuesta ejemplar frente a delitos de extrema gravedad. Ello, incluso, podría darse sin una sumatoria aritmética de penas, dependiendo del momento en que se cometieron los hechos y del proceso de individualización de la sanción.


El penalista abordó también el funcionamiento de la extradición en la región y sostuvo que, si bien es una herramienta tradicional y efectiva, suele ser lenta por sus componentes judiciales y políticos. Por ello, resaltó la importancia de mecanismos más modernos como la “entrega” o expulsión administrativa, que permiten una cooperación penal más rápida entre Estados, siempre respetando los estándares de derechos humanos.

"En tiempos actuales se ha generado la 'entrega', figura legal que no implica una extradición sino prácticamente una un salvoconducto para que aquellas personas que estén perseguidas por la justicia, sin mayor trámite y sin mayor dilación. Puedan ser entregadas directamente a los países, siempre y cuando se respeten determinados estándares de derechos humanos; esa es la tendencia internacional y es hacia la cual debe de caminar el Perú", argumentó.



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(FIN) ICI/RRC

Publicado: 28/1/2026