El Código de Conducta del Poder Judicial establece que juezas, jueces y personal jurisdiccional tienen prohibido realizar proselitismo político mediante el uso de sus funciones, infraestructura, bienes o recursos públicos, sea a favor o en contra de organizaciones políticas o candidatos.
Dicha disposición fue presentada por la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, durante la inauguración del I Encuentro Nacional e Internacional sobre Integridad y Lucha contra la Corrupción, realizado en Lima.
La norma alcanza también a funcionarios, personal de alta dirección y servidores judiciales, independientemente de su régimen laboral o tipo contractual, e impide efectuar propaganda política en horario de trabajo, convocar a reuniones o pedir aportes para campañas.
Ventajas indebidas
El documento prohíbe solicitar o aceptar beneficios personales o para terceros mediante el ejercicio del cargo, así como recibir dinero, bienes o ventajas para acelerar trámites o direccionar el resultado de un pronunciamiento.
Igualmente, proscribe utilizar el cargo para obtener empleos, contratos o beneficios en instituciones públicas o privadas, y aceptar capacitaciones o viajes financiados por empresas proveedoras del Poder Judicial.
Imparcialidad y neutralidad
Entre las conductas esperadas, el Código exige actuar con imparcialidad, independencia y neutralidad respecto a personas, instituciones o partidos. Las decisiones no deben responder a presiones políticas o económicas, ni deben emitirse opiniones que revelen preferencia política durante el ejercicio de las funciones.
Asimismo, se precisa que no puede usarse el cargo para promover causas personales o políticas dentro de la institución, en concordancia con los principios de transparencia, responsabilidad, discreción, uso adecuado de los bienes del Estado, responsabilidad y el ejercicio adecuado del cargo.
Otras prohibiciones
El instrumento normativo también censura el uso de información privilegiada, así como permitir su difusión para beneficio propio o de terceros. Impide mantener relaciones o aceptar situaciones que generen conflicto de intereses.
Además, sanciona acciones que alteren el normal desarrollo laboral, como consumir alcohol o drogas y/o estupefacientes en el centro de trabajo. También reprueba ejercer presiones, amenazas, acoso u hostigamiento que afecten la dignidad de otros servidores.
Conductas esperadas
El Código detalla que magistrados y personal jurisdiccional deben adoptar decisiones objetivas basadas en evidencias, actuar sin discriminación y aplicar criterios de ética, honradez y transparencia. Están obligados a cumplir directivas, evitar retrasos injustificados, rechazar influencias externas y mantener independencia jerárquica en sus decisiones.
Procedimiento disciplinario
El incumplimiento de las disposiciones puede dar lugar al inicio de un procedimiento disciplinario. Toda persona natural o jurídica debe reportar a la Unidad de Integridad Institucional cualquier acto que vulnere el Código.
Asimismo, los servidores del Poder Judicial serán requeridos para suscribir la “Declaración Jurada de compromiso de cumplimiento del Código de Conducta del Poder Judicial”.
Este Código se enmarca en la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y en el Modelo de Integridad y las disposiciones de la Secretaría de Integridad Pública (SIP).
(FIN) NDP/KCO/JCC
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Publicado: 22/11/2025