Como parte de las facultades delegadas para fortalecer la lucha contra la criminalidad, el Ejecutivo aprobó el decreto legislativo Nº 635, que tipifica de manera expresa la tenencia ilegal compartida de armas de fuego, municiones, accesorios o materiales destinados para su fabricación o modificación.
La
Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) informó que la norma, que modifica el artículo 279-G del Código Penal,
incorpora de forma clara la posibilidad de que la sanción alcance también a las personas que mantienen un dominio funcional conjunto y disponibilidad material sobre dichos objetos.
Señala que con esta modificación, el Ejecutivo cierra vacíos legales generados por interpretaciones restrictivas de la norma vigente y reconoce de manera expresa los supuestos de tenencia compartida empleados por organizaciones criminales.
De esta manera, el Gobierno nacional reafirma su compromiso de actuar dentro del marco constitucional para reforzar el principio de autoridad, mejorar la eficacia del ordenamiento penal y enfrentar con mayor contundencia las formas delictivas asociadas al uso ilegal de armas de fuego.
Como se ha informado, el pasado 15 de diciembre se publicó la
Ley 32527 mediante la cual
el Congreso de la República, delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad organizada, crecimiento económico responsable y fortalecimiento institucional.
(FIN) NDP/HTC/
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