La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso la actualización del capital social mínimo para las empresas financieras de operaciones múltiples y especializadas, así como para los bancos de inversión, compañías de seguros y servicios complementarios.
                        
                        
Mediante Circular N° G-223-2024, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se estableció dicha actualización correspondiente al trimestre abril-junio del presente año. 
La norma indica que la medida involucra a las empresas supervisadas indicadas en los artículos 16 y 17 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS. 
La actualización del capital social mínimo (en soles) está detallada en la siguiente tabla:
                        | CAPITAL SOCIAL MÍNIMO (*) | 
                            |  |  | 
                    | A. Empresas de Operaciones Múltiples |  | 
                    | 1. Empresas Bancarias. | 33,279,800 | 
                    | 2. Empresas Financieras. | 16,735,900 | 
                    | 3. Cajas Municipales de Ahorro y Crédito. | 16,735,900 | 
                    | 4. Caja Municipal de Crédito Popular. | 8,925,800 | 
                    | 5. Empresas de Créditos. | 1,513,000 | 
                    | 6. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público. | 1,513,000 | 
                    | 7. Cajas Rurales de Ahorro y Crédito. | 1,513,000 | 
                    |  |  | 
                    | B. Empresas Especializadas |  | 
                    | 1. Empresas de Capitalización Inmobiliaria. | 8,925,800 | 
                    | 2. Empresas de Arrendamiento Financiero. | 5,444,800 | 
                    | 3. Empresas de Factoring. | 3,025,900 | 
                    | 4. Empresas Afianzadoras y de Garantías. | 3,025,900 | 
                    | 5. Empresas de Servicios Fiduciarios. | 3,025,900 | 
                    | 6. Empresas Administradoras Hipotecarias. | 5,462,300 | 
                    |  |  | 
                    | C. Bancos de Inversión | 33,279,800 | 
                    |  |  | 
                    | D. Empresas de Seguros |  | 
                    | 1. Empresas que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida). | 6,051,700 | 
                    | 2. Empresas que opera en ambos ramos (de riesgos generales y de vida). | 8,318,900 | 
                    | 3. Empresas de Seguros y Reaseguros. | 21,178,700 | 
                    | 4. Empresas de Reaseguros. | 12,859,900 | 
                    |  |  | 
                    | E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos |  | 
                    | 1. Almacén General de Depósito. | 5,444,800 | 
                    | 2. Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario. | 15,620,100 | 
                    | 3. Empresas Emisoras de Dinero Electrónico. | 3,025,900 | 
                    | 4. Empresas de Transferencia de Fondos. | 1,513,000 | 
                    |  |  | 
    
Factores de actualización
(*) Se precisa que para las empresas supervisadas consideradas en el cuadro anterior, salvo las Empresas Administradoras Hipotecarias, las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico y las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario, el factor de actualización para el trimestre abril 2024 - junio 2024 en base a la Variación IPM octubre 1996 - marzo 2024: 2.23144204 
Para las Empresas Administradoras Hipotecarias, factor de actualización para el trimestre abril 2024 - junio 2024 en base a la Variación IPM marzo 2007 - marzo 2024: 1.6065429  
Para las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, factor de actualización para el trimestre abril 2024 - junio 2024 en base a la Variación IPM diciembre 2012 - marzo 2024: 1.3338375  
Para las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario, factor de actualización para el trimestre abril 2024 - junio 2024 en base a la Variación IPM diciembre 2021 - marzo 2024: 1.0678423 
Regulación y supervisión 
La SBS es el organismo encargado de la regulación y supervisión del sistema financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo de ahorro y crédito; así como de prevenir y detectar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo. 
El objetivo primordial de la entidad reguladora es preservar los intereses de los depositantes, asegurados y afiliados al Sistema Privado de Pensiones. 
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(FIN) SDD/JJN
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