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JNE resolvió 75 casos de vacancia de autoridades regionales y municipales elegidas en 2018

La causa mas recurrente fue de 47 fallecimientos por causa de la covid-19

ANDINA/Difusión

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06:29 | Lima, jul. 1.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió, de enero a julio de este año, 75 casos que culminaron con la vacancia efectiva de autoridades elegidas en las Elecciones Regionales y Municipales de 2018, entre ellas un gobernador regional y tres consejeros regionales.

El reporte de la Secretaría General del JNE, la causal de vacancia más recurrente fue la de fallecimiento (47), la mayoría a causa de la covid-19, seguida por inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas del concejo municipal o seis no consecutivas durante tres meses (16) y, sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad (5).

Otras causales fueron nepotismo (4) y condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad (3).

El caso más resaltante fue el del gobernador regional de Puno, Walter Aduviri, quien fue vacado por tener una condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, causal prevista en el numeral 3 del artículo 30 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (Ley N° 27867).

En este caso, el Pleno del ente electoral, dejó sin efecto las credenciales de la referida autoridad y convocó a Agustín Luque para que reciba la credencial de nuevo gobernador regional correspondiente al periodo 2019-2022.

Además del citado gobernador regional y los tres consejeros regionales, el supremo organismo electoral resolvió la vacancia de 57 regidores distritales y 14 regidores provinciales en todo el Perú.

Autoridades suspendidas


En el primer semestre de este año, el máximo organismo electoral, también suspendió de sus cargos a siete autoridades: dos vicegobernadores regionales, dos regidores distritales y tres regidores provinciales.

Las causales aplicadas en estos casos fueron ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de 30 días consecutivos, convocatoria de un candidato no proclamado por no haber juramentado el titular e inasistencia injustificada al consejo regional a tres sesiones consecutivas o a cuatro alternadas durante un año, sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal y suspensión por el tiempo que dure el mandato de detención, entre otras.

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(FIN ) NDP/JCB/MAO

Publicado: 1/7/2021