El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 concedió el recurso de apelación presentada por el personero legal de la organización en proceso de inscripción, Frente de La Esperanza 2021, contra la resolución que declaró improcedente la solicitud de inscripción de su lista de candidatos para el Congreso por Lima.
Mediante Resolución N° 00361-2021-JEE-LIC2/JNE, el JEE Lima Centro 2 dispuso que se remita los actuados al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dentro de las 24 horas para que resuelva conforme a ley.
Asimismo, que se notifique la presente resolución al personero legal del partido Frente de la Esperanza en la casilla electrónica habilitada para tal fin, en cumplimiento de la Resolución N. º 0165-2020-JNE.
Jorge Luis Yataco Yataco, personero legal titular de Frente de la Esperanza, formalizó el escrito de subsanación el lunes 25 de enero, en el marco del proceso de Elecciones Generales 2021
Con fecha 23 de enero, el JEE Lima Centro 2 declaró inadmisible el recurso de apelación presentado por el personero y le otorgó el plazo de un día hábil para que presente el reintegro correspondiente.
Dentro del plazo concedido, el personero legal de la referida organización política presentó su escrito de subsanación, adjuntando el comprobante de pago de la tasa correspondiente.
(FIN) RMCH/VVS
JRA
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Publicado: 26/1/2021