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Bono del chatarreo: Gobierno oficializa decreto para renovar parque automotor

Se estableció medidas para promover chatarreo para la renovación o retiro definitivo de vehículos antiguos

ANDINA/Vidal Tarqui

ANDINA/Vidal Tarqui

08:25 | Lima, dic. 20.

El Poder Ejecutivo emitió hoy un decreto de urgencia que fomenta el Bono del Chatarreo y que se financiará con 80 millones de soles para renovar el parque automotor del país, a través del retiro de unidades vehiculares muy antiguas.

Mediante el Decreto de Urgencia Nº 029-2019, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se estableció medidas para promover el chatarreo como mecanismo dirigido a la renovación o retiro definitivo de vehículos del parque automotor, con el fin de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

Además, se busca rebajar los contaminantes locales que afecten a la salud pública, así como contribuir a reducir la siniestralidad en las vías públicas y al resguardo de la seguridad vial.

La norma señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en su calidad de ente rector del sector, dictará las normas complementarias para la aplicación de lo establecido en el presente decreto de urgencia.

El MTC también establecerá los lineamientos generales para la determinación del incentivo económico a otorgar, así como los mecanismos de su entrega, en coordinación con las entidades competentes. Asimismo, administrará, gestionará y monitoreará la Plataforma Nacional de Vehículos Chatarrizados, la cual forma parte del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito (Sinarett).

Por su parte, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), fiscalizará el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente decreto de urgencia, su reglamento y normas complementarias, para lo cual puede contratar entidades especializadas o celebrar convenios con entidades públicas.

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) supervisará el cumplimiento de las obligaciones ambientales contenidas en el Instrumento de gestión ambiental, así como el correcto manejo de los residuos sólidos dentro de las plantas de chatarreo.

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) planificará, formulará y aprobará los programas de chatarreo en el ámbito de sus competencias, previa opinión favorable por parte del MTC.


Beneficios


Como parte de los programas de chatarreo, se establece el otorgamiento de beneficios a las personas propietarias de los vehículos, en la forma de incentivos pudiendo ser éstos económicos y no económicos, los cuales son detallados en el reglamento de este decreto de urgencia.

La norma señala que únicamente pueden acceder a los incentivos previstos en los programas de chatarreo, las personas solicitantes que acrediten, como mínimo, las siguientes condiciones respecto del vehículo:

1. Que el vehículo se encuentre inscrito a su nombre en el registro de propiedad vehicular de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp).

2. Que el vehículo cuente con Tarjeta de Identificación Vehicular.

3. En el caso de vehículos que presten el servicio de transporte público de personas y mercancías, el número de chasis y de motor deben coincidir con los números consignados en la Tarjeta de Identificación Vehicular.

4. El vehículo debe estar en funcionamiento y en capacidad de llegar a la planta de chatarreo por su propia propulsión.

5. El vehículo tiene que contar con los componentes mecánicos y estructurales completos, los cuales son establecidos en el Reglamento.

El MTC emitirá el reglamento del presente decreto de urgencia en un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de mañana.


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(FIN) CNA

Publicado: 20/12/2019