La zonificación forestal es el proceso técnico mediante el cual se clasifican las tierras forestales de acuerdo al uso que se dará a los recursos de fauna silvestre y forestal que en ellas se encuentran.
Se trata del primer paso que se efectúa desde el Estado para consolidar el ordenamiento forestal y dar pase al otorgamiento de derechos de aprovechamiento de los mencionados recursos.

Esta delimitación permite, por tanto, establecer cuáles son las alternativas de uso más adecuadas de acuerdo al tipo de recurso existente.
Es en ese contexto que se establecen parámetros para que el uso de ellos se haga, asegurando su conservación y su uso sostenible.

Para ello se han establecido distintas categorías de zonificación forestal de acuerdo a la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.
Encargados de desarrollar los procesos de zonificación forestal son los gobiernos regionales con asistencia técnica del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor).

Tipos de zonificación
Son cuatro las zonas tipificadas: la Zona de Protección y Conservación Ecológica (ZPCE), la de Producción Permanente (ZPP), la de Recuperación (ZR) y loa de Tratamiento Especial (ZTE).

Las ZPCE comprenden a aquellas zonas del país que cuentan con ecosistemas priorizados para la conservación de la biodiversidad, así como a las áreas naturales protegidas.

A su vez, en la ZPP se encuentran bosques de categoría I, II y III, así como bosques plantados.
Las ZR son, por su parte, aquellas en las que hay espacios de recuperación de la cobertura forestal con fines de producción maderera, así como aquellas zonas de recuperación de la cobertura forestal con fines de restauración y conservación.

Finalmente, se categoriza como ZTE a aquellas que cuentan con reservas de tierras para pueblos indígenas en aislamiento o situación de contacto inicial y a zonas de producción agroforestal y silvopastoriles. También presentan bosques residuales o remanentes y con asociaciones vegetales no boscosas.

Pasos a seguir
Para definir la zonificación, el gobierno regional correspondiente efectúa acciones para generar las condiciones adecuadas. Estas comprenden el establecimiento del equipo y de los comités y subcomités técnicos, así como la elaboración de los planes de elaboración y de implementación, derivando luego en la fase de fortalecimiento de capacidades y de difusión.

La aprobación de la zonificación forestal propuesta se puede dar de forma total o modular tras la revisión del expediente técnico respectivo hecha por el Serfor, que lo remite al Ministerio del Ambiente para el visto bueno final. De darse ello, dicha entidad emite la resolución ministerial correspondiente.

El monitoreo de la implementación lo efectúa el Serfor junto al gobierno regional correspondiente. Este consiste en recoger, registrar, analizar y hacer una interpretación de los datos sobre las variables temáticas utilizadas y del cumplimiento de las recomendaciones y restricciones correspondientes.
La fase de evaluación también está a cargo del Serfor y consiste en determinar de manera objetiva la pertinencia, eficacia, eficiencia e impacto del proceso.
Finalmente, se actualiza la zonificación forestal en el primer trimestre del sexto año.
(FIN) FGM/MAO
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Published: 9/27/2025