Perú suspendió por un periodo de 90 días calendario la importación de mercancías pecuarias que puedan transmitir o sirvan de vehículo del virus que causa la enfermedad de la fiebre aftosa, de origen y procedencia de la República de Hungría y la República Eslovaca.
De acuerdo a la Resolución Directoral D000011-2025-Midagri-Senasa-DSA, la suspensión rige a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución directoral.
El Servicio Nacional de Sanidad Agraria, de acuerdo con la información que reciba de la autoridad oficial sanitaria de la República de Hungría y la República Eslovaca, podrá reducir o ampliar el periodo de suspensión para la importación de las mercancías pecuarias referidas.
El Servicio Nacional de Sanidad Agraria, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá aprobar y aplicar las medidas sanitarias que correspondan a fin de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto resolutivo.
Asimismo, se dispone la publicación de la presente resolución directoral en el portal institucional del
Servicio Nacional de Sanidad Agraria el mismo día de su publicación en el Diario Oficial
El Peruano.
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(FIN) NDP/JJN
GRM
Published: 5/17/2025