JEE Lima Centro declara que Rafael López Aliaga infringió principio de neutralidad

ANDINA/Eddy Ramos

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21:51 | Lima, set. 23.

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 concluyó que el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, infringió el principio de neutralidad electoral al publicar en sus redes sociales personales contenido destinado a favorecer a la organización política Renovación Popular, en el marco de las Elecciones Generales 2026.

El JEE señala que el burgomaestre "publicó contenido oficial de la Municipalidad Metropolitana de Lima como el inicio, ejecución, culminación de obras, campañas y actividades que realiza como alcalde, en las que también se identificaba como actor político, lo que favorecería a la organización política Renovación Popular, de la cual es presidente".

Asimismo, se advierte que en las publicaciones sobre obras y actividades de la municipalidad se agregó su nombre en color celeste, que es el color oficial y característico de la organización política Renovación Popular.

En ese sentido, mediante Resolución N° 05473-2025-JEE-LIC1/JNE, declaró que López Aliaga Cazorla, infringió el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral a través de publicaciones en sus redes sociales personales.

"Se concluye que Rafael Bernardo López Aliaga Cazorla, alcalde de la MML, quebrantó el principio-deber de neutralidad en periodo electoral, al incurrir en la infracción prevista en el sub numeral 32.1.2. del artículo 32 del Reglamento (...)", precisa el documento. 

La resolución dispone remitir los actuados al Ministerio Público, a la Contraloría General de la República y al Concejo Municipal de la Municipalidad Metropolitana de Lima para que dichas instituciones procedan según sus atribuciones.

Asimismo, insta al alcalde de Lima para que, en lo sucesivo, se abstenga de interferir en el normal desarrollo del proceso electoral, debiendo tener estricta observancia del principio deber de neutralidad con el fin de garantizar contiendas electorales justas, imparciales y competitivas. 

(FIN) RMCH/JCR

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Published: 9/23/2025