Los inquilinos de inmuebles cuyos propietarios deben el impuesto predial y que han sido afectados por un embargo irregular de sus bienes pueden acudir a quejarse ante Tribunal Fiscal para lograr que se revierta esa situación, dijo hoy el abogado especialista en temas municipales Julio César Castiglioni.
El experto dijo que estas personas también tienen la opción de plantear una demanda de revisión judicial pero que sería un proceso de largo aliento, por lo que la vía más expeditiva es el Tribunal Fiscal.
Castiglioni dijo a la agencia Andina que el ciudadano afectado debe presentar una queja adjuntando la documentación que la sustente, es decir el contrato de alquiler y las facturas de los bienes embargados para solicitar su devolución.
Advirtió, en ese sentido, que la autoridad edil estaría cometiendo un abuso si embargara los bienes de una persona que acredita ser el inquilino de una vivienda por la que no se pagó el impuesto predial.
El mismo camino hacia el Tribunal Fiscal funciona para el propietario deudor que haya sido embargado sin que se haya respetado el debido proceso.
El deudor debe haber sido notificado del inicio de la ejecución de cobranza coactiva y se le debe haber dado un plazo de siete días útiles para que haga sus descargos, para que pruebe que ya pagó o, en su defecto, para que pague.
"Si esto no ocurrió y no se le notificó ni se le dio el plazo de siete días, entonces a pesar de ser deudor tiene derecho a quejarse ante el Tribunal Fiscal", explicó el experto.
Agregó que algunos afectados por las acciones de embargo ejecutadas en el distrito de San Juan de Miraflores le han consultado sobre el tema, por lo que tiene información que en algunos casos los procedimientos de cobranza no han sido los más transparentes.
(FIN) ART/RRC
Published: 11/10/2015