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Convención de 1954 impide conceder asilo a procesados por delitos comunes

ANDINA/Héctor Vinces

ANDINA/Héctor Vinces

20:19 | Lima, nov. 18.

La Convención sobre Asilo Diplomático suscrita en 1954 declara que es ilícito conceder asilo a personas inculpadas o procesadas ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes.

“No es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos y por dichos tribunales, sin haber cumplido las penas respectivas (…)”, señala el artículo III de dicho instrumento internacional.

De acuerdo al artículo I de esta Convención, el asilo puede otorgarse a personas perseguidas por motivos o delitos políticos, mientras que el artículo II señala que todo Estado tiene derecho de conceder asilo, pero no está obligado a otorgarlo ni a declarar por qué lo niega. 

La solicitud de asilo del expresidente de la República, Alan García Pérez, al Uruguay, se ampara en esta convención suscrita por los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Conoce en este enlace el texto íntegro de la Convención de Asilo Diplomático.

Al momento de suscribir esta Convención, el Gobierno de Uruguay hizo reservas a varios de sus artículos, entre ellos el II, en la parte en que establece que la autoridad asilante, en ningún caso está obligada a conceder asilo ni a declarar por qué lo niega.


García Pérez ingresó ayer sábado a la Embajada de Uruguay en Lima para solicitar al país sudamericano asilo político.

El exgobernante peruano, quien numerosas veces repitió no tener nada que temer y que nunca evadiría la justicia, es investigado por los presuntos actos de corrupción cometidos en la concesión del proyecto Línea 1 del Metro de Lima, durante su gobierno, la cual fue otorgada a la empresa brasileña Odebrecht.

Según información publicada por la prensa, tras culminar su gobierno, García cobró US$ 100,000 por una conferencia en Brasil pagada con dinero proveniente del fondo 2 de Odebrecht, el mismo de dónde salían los recursos para pagar las coimas de la constructora en diferentes países.

El Poder Judicial dictó ayer 18 meses de impedimento de salida del país para García a solicitud del Ministerio Público.

(FIN) CCR

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Published: 11/18/2018