El Ministerio de la Producción autorizó al Instituto del Mar del Perú (Imarpe) la ejecución de la pesca exploratoria del recurso bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoides), en el ámbito marítimo peruano.
Así lo establece la Resolución Ministerial N 611-2017-Produce, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, la misma que precisa que esta actividad se realizará bajo el enfoque de pesca centinela, con la participación de seis embarcaciones de la flota de bacalao de profundidad.
La pesca exploratoria se realizará desde mañana lunes 18 de diciembre hasta el 31 de diciembre de este año, bajo las siguientes condiciones:
a) Contar con permiso de pesca vigente para operar embarcaciones de menor escala para la extracción del recurso bacalao de profundidad.
b) No contar con sanción administrativa firme que limite la realización de actividades extractivas de cualquier recurso.
c) No arrojar al mar los recursos hidrobiológicos capturados incidentalmente.
d) Los armadores de las embarcaciones pesqueras participantes deben entregar debidamente llenado en lo que corresponda, la bitácora de pesca del Anexo de la presente Resolución Ministerial.
e) Los armadores de las embarcaciones participantes deben brindar las facilidades y acomodación a bordo cuando se le solicite, a un (01) observador del Imarpe acreditado, quien efectuará los trabajos de investigación y recopilación de datos en el marco de esta actividad.
f) Los armadores y plantas de procesamiento pesquero deben bridar las facilidades y garantías para el ejercicio de las labores al personal del Imarpe y del Ministerio de la Producción.
g) Los titulares de los permisos de pesca de las embarcaciones participantes pagaran derechos de pesca por extracción del recurso bacalao de profundidad, conforme a las disposiciones normativas establecidas.
Monitoreo y recomendaciones
El Imarpe efectuará el monitoreo y seguimiento de la pesca exploratoria autorizada y recomendará de manera oportuna al Ministerio de la Producción, la suspensión de la mencionada actividad de considerar se esté afectando la sostenibilidad del recurso bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoides) u otras especies.
Asimismo, el Imarpe una vez culminada la actividad exploratoria remitirá a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, el informe con los resultados de la citada actividad y las recomendaciones correspondientes, para el establecimiento de las medidas de ordenamiento necesarias.
Los armadores de las embarcaciones participantes que incumplan las condiciones y obligaciones señaladas en la presente Resolución Ministerial serán excluidos de la pesca exploratoria, sin perjuicio del inicio del correspondiente procedimiento administrativo sancionador.
La norma lleva la rúbrica del ministro de la Producción, Pedro Olaechea.
(FIN) MDV / MDV
JRA
Published: 12/17/2017