Andina

Amplían estado de emergencia en localidades de Mórrope por contaminación de agua potable

Por el plazo de 60 días calendario

Decreto Supremo que amplía estado de emergencia en distritos de Mórrope, en la región Lambayeque, por contaminación de agua potable.

Decreto Supremo que amplía estado de emergencia en distritos de Mórrope, en la región Lambayeque, por contaminación de agua potable.

09:08 | Lima, oct. 27.

El Ejecutivo prorrogó, por 60 días calendario, el estado de emergencia en algunas localidades del distrito de Mórrope, provincia de Lambayeque, por contaminación de agua para consumo humano, con la finalidad de continuar con la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Mediante un Decreto Supremo, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se precisa que en las localidades comprendidas en esta medida son Arbolsol, Carrizal, Casa Blanca, Cruz del Médano, Fanupe Barrio Nuevo, Lagunas, Quemazón, Santa Isabel, Tranca Fanupe, y Tranca Sasape, del distrito lambayecano de Mórrope.

La norma establece que el Gobierno Regional de Lambayeque, la Municipalidad Provincial de Lambayeque, la Municipalidad Distrital de Mórrope, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), y demás instituciones públicas y privadas involucradas en cuanto les corresponda, continuarán ejecutando las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas para atender el desastre. 

En estas acciones participarán los Ministerios de Agricultura y Riego; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Salud; del Ambiente; de Educación; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; de Desarrollo e Inclusión Social; de Energía y Minas; del Interior; y de Defensa.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes, indica el dispositivo legal.

La implementación de las acciones previstas en este Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

El Decreto Supremo lleva la firma del Presidente de la República, Martín Vizcarra, y está refrendado por el titular del Consejo de Ministros y los titulares de los portafolios mencionados.

(FIN) LZD/

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Published: 10/27/2018