Andina

Amplían estado de emergencia por intensas lluvias en localidades de 5 regiones

Medida regirá por 60 días en departamentos de Huánuco, Junín, La Libertad, Pasco y San Martín

El Poder Ejecutivo amplió el estado de emergencia por desastre a consecuencia de intensas lluvias en varios distritos y provincias de los departamentos de Huánuco, Junín, La Libertad, Pasco y San Martín, a fin de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de rehabilitación que correspondan.ANDINA/Difusión

El Poder Ejecutivo amplió el estado de emergencia por desastre a consecuencia de intensas lluvias en varios distritos y provincias de los departamentos de Huánuco, Junín, La Libertad, Pasco y San Martín, a fin de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de rehabilitación que correspondan.ANDINA/Difusión

08:49 | Lima, feb. 20.

El Poder Ejecutivo amplió el estado de emergencia por desastre a consecuencia de intensas lluvias en varios distritos y provincias de los departamentos de Huánuco, Junín, La Libertad, Pasco y San Martín, a fin de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de rehabilitación que correspondan.

Según un Decreto Supremo publicado en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, esta extensión del plazo será por 60 días calendario y regirá desde el 23 de febrero del 2020.

Los Gobiernos Regionales de Huánuco, Junín, La Libertad, Pasco y San Martín, y los Gobiernos Locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y demás instituciones públicas y privadas involucradas, continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de rehabilitación de las zonas afectadas.


Estas intervenciones contarán con la participación de los Ministerios de Salud; de Educación; de Agricultura y Riego; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Transportes y Comunicaciones; del Interior; y de Defensa.

La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra, y está refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos; y por los titulares de los ministerios mencionados.

(FIN) LZD/

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Published: 2/20/2020