Andina

Normas Legales: oficializan ley que habilita el doble empleo para médicos en el Estado

Y para personal asistencial de salud

Médicos de EsSalud Apurímac salvan vida de asegurada que presentó infarto cerebral. Foto: EsSalud.

Médicos de EsSalud Apurímac salvan vida de asegurada que presentó infarto cerebral. Foto: EsSalud.

08:29 | Lima, oct. 29.

El Poder Ejecutivo oficializó la ley de reforma constitucional que habilita al personal médico y asistencial el doble empleo o cargo remunerado en el sector público.






Se trata de la Ley 32145,que modifica el artículo 40 de la Constitución y fue publicada hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Dicho dispositivo legal busca fortalecer el sistema de salud en el país y garantizar que todos los peruanos cuenten con acceso a servicios médicos especializados de calidad.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso, la ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos, teniendo en cuenta que no están comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza. 

En ese contexto, la Ley 32145 establece que ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función docente o en servicios de salud como personal médico y profesionales de la salud con especialidad, conforme a ley.


Con ello, los establecimientos de salud de todo el país podrán contratar personal médico especialista o asistencial de salud, aun cuando estos ya se desempeñen en otra entidad pública del sector. 

La norma añade que no están comprendidos en la función pública, los trabajadores de las empresas del Estado o de sociedades de economía mixta.

En ese sentido, se modifica el párrafo primero y se deroga el párrafo segundo del artículo 40 de la Carta Magna.


(FIN) CVC
GRM

Más en Andina:

Published: 10/29/2024