El Poder Ejecutivo oficializó la ley de reforma constitucional que habilita al personal médico y asistencial el doble empleo o cargo remunerado en el sector público.
Se trata de la
Ley 32145,que modifica el artículo 40 de la Constitución y fue publicada hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial
El Peruano.
Dicho dispositivo legal busca fortalecer el sistema de salud en el país y garantizar que todos los peruanos cuenten con acceso a servicios médicos especializados de calidad.
De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso, la ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos, teniendo en cuenta que no están comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza.
En ese contexto, la Ley 32145 establece que ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función docente o en servicios de salud como personal médico y profesionales de la salud con especialidad, conforme a ley.
La norma añade que no están comprendidos en la función pública, los trabajadores de las empresas del Estado o de sociedades de economía mixta.
En ese sentido, se modifica el párrafo primero y se deroga el párrafo segundo del artículo 40 de la Carta Magna.
(FIN) CVC
GRM
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