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Hospedajes y alquileres deben solicitar documentos a extranjeros: infórmate aquí

Decreto Supremo busca fortalecer seguridad y prevenir que sean utilizados para actos delictivos

ANDINA/Difusión

10:06 | Lima, oct. 23.

En adelante, los establecimientos de hospedaje y los arrendadores estarán obligados a solicitar documentos de identidad o de viaje a las personas extranjeras y enviar esa información a Migraciones. Con ello, se busca reforzar la seguridad pública y migratoria, y fomentar una migración ordenada, segura y regular.

Así lo dispone el Decreto Supremo N°011-2024-IN, publicado en el Diario Oficial El Peruano. La norma indica que todos los establecimientos de hospedaje y arrendadores deben requerir tales documentos que acrediten la situación migratoria regular de los extranjeros en el país; y transmitir esa información a la Superintendencia Nacional de Migraciones.


Objetivo de la medida

Esta medida fortalecerá la seguridad al ofrecer garantías a los propietarios de los establecimientos sobre la identidad de sus huéspedes o inquilinos, mitigando el riesgo del uso de sus locales para actividades ilícitas.

Asimismo, busca que todas las personas, sin distinción de nacionalidad, cumplan las normas, en la medida que actualmente todo ciudadano peruano que quiere hospedarse en un hotel o arrendar un inmueble tiene que identificarse con su documento de identidad.

¿Cómo se hará el registro?


Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, Migraciones ha desarrollado una plataforma en línea que permitirá a los establecimientos de hospedaje y a los arrendadores registrar la información de las personas extranjeras que soliciten sus servicios de manera sencilla y eficiente. 


Esta herramienta estará disponible de forma gratuita, y los operadores tendrán un plazo de 30 días hábiles desde la publicación del decreto para capacitarse en el uso adecuado de la plataforma.

Sanciones por incumplimiento


Los hospedajes que no cumplan con esta obligación serán sancionados con multas de hasta dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Las infracciones incluyen no solicitar los documentos a las personas extranjeras, no registrar adecuadamente la información o no transmitirla a la plataforma de Migraciones.

El decreto supremo promueve que las personas extranjeras mantengan una condición migratoria regular, lo que contribuirá a un entorno más organizado y seguro para los propios migrantes. También coadyuva a reducir los riesgos que surgen con la migración irregular, como la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.


Expulsión de extranjeros


Cabe indicar que, actualmente, las personas extranjeras en condición migratoria irregular por haber ingresado evadiendo el control migratorio o efectuar actividades que atenten contra el orden público, el orden interno y la seguridad nacional, son pasibles de ser expulsadas mediante el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), en un periodo máximo de 24 horas.

En lo que va del año, Migraciones ha ordenado la expulsión de cerca de 2 mil personas extranjeras de diversas nacionalidades; siendo la Policía Nacional del Perú la encargada de ejecutar dicha medida.

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(FIN) NDP/LIT


Publicado: 23/10/2024