El Poder Ejecutivo declaró hoy el Estado de Emergencia por 60 días calendario en las provincias de Abancay, Andahuaylas, Chincheros, Grau, Cotabambas, Antabamba y Aymaraes del departamento de Apurímac.
En ese contexto, “la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas”, detalla el
Decreto Supremo Nº 139-2022-PCM, publicado esta tarde en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano.
En su artículo 2, el decreto supremo precisa que durante el Estado de Emergencia “quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales”.
Respecto a la intervención de la PNP y las Fuerzas Armadas, la norma legal detalla que esta intervención “se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE, respectivamente”.
Dentro de los cinco días hábiles posteriores al término de este Estado de Emergencia “la Policía Nacional del Perú debe presentar al Titular del Ministerio del Interior, un informe detallado de las acciones realizadas durante el régimen de excepción y los resultados obtenidos”, añade el decreto.
Refrendo ministerial
El artículo 5 de la norma detalla que “la implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados”.
El decreto supremo es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Pedro Angulo Arana; el ministro del Interior, César Cervantes; el ministro de Defensa, Luis Alberto Otárola; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, José Tello Alfaro.