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Sunafil: Cajamarca y Loreto figuran como regiones con más denuncias por trabajo infantil

La lista es liderada por Lima

Sunafil: Lima, Cajamarca y Loreto son las regiones con más multas por trabajo infantil.

Sunafil: Lima, Cajamarca y Loreto son las regiones con más multas por trabajo infantil.

10:39 | Lima, jun. 8.

Cajamarca y Loreto, además de Lima, son las regiones donde se han presentado más denuncias de trabajo infantil en los últimos ocho años, informó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) a poco días de conmemorarse el Día Mundial contra el Trabajo Infantil.

Luego de las inspecciones realizadas se observa que, entre la primera y segunda instancia, Lima registra 649 resoluciones de multa; Cajamarca, 32; y Loreto, 20. Esto asciende a un total de 135 millones 216,240 soles por concepto de la multa.

Las actividades en las que han predominado las inspecciones por trabajo infantil son comercio, servicios, hoteles y restaurantes, industrias manufactureras, transporte, entre otros.



Estas inspecciones fueron realizadas por el Grupo Especializado de Inspectores del Trabajo en materia de Trabajo Forzoso y Trabajo Infantil (GEIT-TFI). No obstante, cada intendencia regional cuenta con inspectores capacitados en la materia para realizar la identificación y llevar a cabo los operativos necesarios.

Sunafil sanciona el trabajo infantil y el trabajo adolescente no permitido realizado en una relación de dependencia. Es decir, aquel en donde existe una relación laboral (empleador trabajador).

Las infracciones relacionadas con el trabajo infantil son tipificadas como ‘muy graves’ e insubsanables; por ello, son sancionadas con multas máximas de acuerdo con el tipo de empresa: para las microempresas, el monto puede llegar hasta los S/ 230,000 y para la pequeña empresa, hasta los S/ 460,000. Asimismo, para las que no son mypes puede llegar hasta los S/ 920,000.


Sunafil indicó que, en casos excepcionales, en los que el menor de edad necesite trabajar, este debe solicitar una autorización a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del lugar donde se ubica el centro de trabajo formal, siempre y cuando el adolescente cuente con la edad mínima permitida en Perú: 14 años. 

Esta labor no debe estar dentro de la lista de los trabajos prohibidos ni debe ser un trabajo peligroso.


(FIN) NDP/JCB/MAO
GRM

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Publicado: 8/6/2022