El Tribunal Constitucional (TC) determinó hoy que los parlamentarios renunciantes a sus agrupaciones políticas por diferencias de conciencia debidamente fundamentadas, podrán conformar nuevas bancadas, pasar a otros grupos parlamentarios, o formar la bancada mixta.
Esta institución se pronunció en ese sentido respecto a la demanda de inconstitucionalidad presentada por el congresista Yonhy Lescano contra las modificaciones del artículo 37 del Reglamento del Congreso que
creaban la bancada mixta para los congresistas renunciantes.
La resolución del TC declara infundada la demanda, siempre que se interprete que no está prohibida la renuncia de los congresistas de las agrupaciones políticas en caso disidencia por razones de conciencia debidamente justificadas.
Los parlamentarios en esa situación, indica el fallo, están habilitados para conformar un nuevo grupo parlamentario, adherirse a otros ya existentes, o recurrir al grupo mixto.
Modificacio´n del Art 37 del Reglamento del Congreso by Agencia Andina on Scribd
Señala también que la reforma del Reglamento del Congreso, realizada tras la decisión de este organismo de declarar inconstitucional la
ley para prohibir la formación de bancadas, se dio sin “
un importante y necesario margen temporal para discutir todas las implicancias que podrían generarse”.
El TC recuerda, asimismo, que consideró ilegítimo el transfuguismo con motivos de conveniencia política o interés económico, aspectos que no pueden ser confundidos con la decisión de aquellos congresistas cuya decisión de retirarse de sus grupos parlamentarios originales fue en razón de sus convicciones.
“El transfuguismo ilegítimo acarrea un comportamiento contrario a la Constitución, mas no aquel que se realiza por circunstancias justificadas, particularmente en los casos de objeción de conciencia”, precisa la resolución.
En ese sentido, estiman la pertinencia de que un congresista, además de la opción de mantenerse en su grupo político, pueda tener la oportunidad de integrar un grupo especial mixto con otros parlamentarios en su misma situación.
“No puede obligarse a que en los casos de disidencia obligatoriamente se vaya a un grupo mixto. Puede adherirse a una bancada, e incluso, si cumple con los requisitos previstos para ello, formar una nueva bancada o adherirse a un grupo mixto”, puntualiza.
La resolución tiene la firma de los magistrados Manuel Miranda Canales, Carlos Ramos Núñez, Marianella Ledesma Narváez y Eloy Espinosa-Saldaña.
Los magistrados Ernesto Blume y Augusto Ferrero, en tanto, emitieron un voto singular en el cual declaran infundada la demanda, sin condicionarla a interpretaciones.
Ambos magistrados consideran que los parlamentarios que se retiren, renuncien, sean separados o hayan sido expulsados de la bancada o partido que los llevó al poder deberían perder su curul, pero como la ley no lo permite, estiman que es válido el impedimento para formar nuevas bancadas.
El magistrado José Luis Sardón, en tanto, se pronuncia a favor de que la demanda sea declarada infundada y cuestiona la resolución en mayoría que si bien también la declara infundada, con la interpretación que hace en el fondo la declarada fundada.
Nos da la razón
El congresista
Yonhy Lescano,
autor de la denuncia de inconstitucionalidad, indicó que, si bien el fallo del
TC declara infundado su pedido, en el fondo le da la razón al interpretar que
se pueden formar otras bancadas o pasarse a otras.
“En el fondo nos da la razón, los renunciantes pueden irse a otra bancadas o formar otras, no puede restringirse el ejercicio de derechos constitucionales si el retiro de su bancada obedece a razones de conciencia", refirió a la agencia Andina.
Sostuvo que con este pronunciamiento los congresistas fujimoristas autodenominados "Avengers" y los renunciantes de Peruanos por el Kambio (PPK) en desacuerdo con el indulto a Alberto Fujimori, pueden ahora conformar sus bancadas.
(FIN) FHG/CCR
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Publicado: 16/7/2018