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Ley antitransfuguismo: ¿Cómo podría resolver la demanda el TC?

Conoce los posibles escenarios ante la demanda de inconstitucionalidad de la ley

ANDINA/Oscar Farje

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12:55 | Lima, ago. 17.

El Tribunal Constitucional (TC) tiene en sus manos resolver una demanda que busca declarar la inconstitucionalidad de la denominada “Ley antitransfuguismo”. Conoce los posibles fallos que podrían darse en torno a este tema.

Según el constitucionalista Víctor García Toma, expresidente del TC, son tres los escenarios que se abren a raíz de la demanda de inconstitucionalidad presentada por algunas bancadas parlamentarias.
  
1. En aplicación del principio de conservación de la ley puede buscar una interpretación de la misma y declarar compatible con la Constitución Política. En ese caso, refirió García Toma, el fallo podría indicar lo siguiente:  “Si entendemos que ley debe ser interpretada y aplicada de esta manera, la ley es constitucional”. 

2. Declarar la incompatibilidad de la ley y exhortar al Congreso para que en un plazo determinado o determinable mejore el reglamento de la misma.

3. Expulsar la norma del ordenamiento jurídico; es decir declararla inconstitucional. 

García Toma estimó que el fallo podría tomar entre 30 y 45 días, considerando la importancia del tema y que es materia de debate político a la fecha. “Será importante que los miembros del TC aceleren el proceso de deliberación y toma de decisión”, indicó.

Para el abogado, si bien la ley tiene la finalidad de fortalecer la representación ciudadana a través de bancadas que no cambien su configuración una vez elegidas, esta posee un gran defecto: no distingue disidencia de transfuguismo.

Dicha falla, añadió, puede terminar siendo clave para materializar la posibilidad de que la mencionada ley sea declarada inconstitucional.

García Toma recordó que transfuguismo se da cuando se deja una bancada por otra a cambio de una prebenda, beneficio o lucro personal; la disidencia ocurre cuando la relación se hace insostenible debido a cambios en la ideología, valores o prácticas políticas y morales del grupo parlamentario.

Ese acto de disidencia no puede ser objeto de ninguna sanción o restricción en el ejercicio de la representación parlamentaria porque no soy yo el que está cometiendo una incorrección sino los otros”, añadió.

El viernes pasado pleno del Tribunal Constitucional dejó al voto la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la ley antitransfuguismo, tras una audiencia realizada en la ciudad de Arequipa. 

(FIN) VVS/CCR

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Publicado: 17/8/2017