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Nakasaki: juez Concepción tendría que apartarse de caso Humala-Heredia

Prisión preventiva arbitraria es causal de recusación, afirma abogado

Foto: ANDINA/archivo.

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10:49 | Lima, may. 23.

El juez Richard Concepción Carhuancho tendría que apartarse del proceso contra Ollanta Humala y Nadine Heredia, luego de que los tres magistrados de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional fueran recusados, dijo hoy el abogado de ambos, César Nakasaki.

Al señalar que la prisión preventiva dictada el 2017 contra sus defendidos fue declarada inconstitucional, sostuvo que todo juez que encarcele de manera ilegal o arbitraria debe ser impedido de participar del proceso que involucre a quienes privó de su libertad.

“La primera sala, que ha declarado fundada la recusación, vería cualquier apelación que se ponga en el caso. Esto va a motivar que el juez Concepción también tenga que apartarse porque es uno de los autores de la detención arbitraria”, explicó el letrado en "RPP".

Nakasaki señaló que luego del fallo que declaró inconstitucional la prisión preventiva, la Corte Suprema de Justicia ya cuenta con doctrina sobre lo que constituye “temor de parcialidad”, y que a su vez es motivo de recusación.


“La razón de la recusación es seria. Si hay una prisión preventiva arbitraria e ilegal es causal de recusación. No he inventado la prisión preventiva ni que los jueces hayan actuado inconstitucionalmente. Juez que encarcela ilegalmente ya no puede participar”, explicó.

En ese sentido, el abogado de Humala y Heredia anticipó que Concepción Carhuancho no será el juez del proceso contra sus patrocinados, sino que habrá tres jueces, cuyos nombres aún no se conocen, pero que no han tenido relación con el caso.

La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró fundada la recusación presentada por la defensa de la ex pareja presidencial contra tres jueces integrantes de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional.

Se trata de los magistrados César Sahuanay Calsín, Iván Quispe Aucca y María Jessica León Yarango.

Estros jueces no podrán decidir respecto a la recusación presentada por Humala y Heredia contra el juez de primera instancia, Richard Concepción Carhuancho, quien a mediados del año 2017 ordenó la prisión preventiva de ambos.

El 26 de abril del 2018, el Tribunal Constitucional declaró fundadas las demandas de "habeas corpus" presentadas por la defensa de la ex pareja presidencial, para revocar la medida restrictiva que regía sobre ambos y que cumplieron por nueve meses.


(FIN) MVF/CCR
GRM

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Published: 5/23/2018