El Poder Ejecutivo presentó ante el Congreso un proyecto de ley para fortalecer la lucha contra el feminicidio y la violencia sexual, estableciendo que las requisitorias por estos actos no caducan.
La iniciativa legislativa contempla aplicar variaciones en los numerales 2 y 4 del artículo 261 del Código Procesal Peal, referido a la detención preliminar judicial.
El objetivo es el de “fortalecer la investigación de los procesos penales” iniciados por los referidos delitos.
Para ello se establece “la no caducidad de la requisitoria de los requisitoriados por estos delitos hasta su detención definitiva”.
Así, en el numeral 4 del artículo 261 del Código Procesal Penal, el Ejecutivo plantea introducir que “no caducan hasta la efectiva detención de los requisitoriados” las requisitorias por casos de feminicidio y violación sexual, sumándolas así a las correspondientes a casos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas.
También se busca añadir al numeral 2 del mismo artículo del Código Procesal Penal datos adicionales a aquellos que resultan necesarios para cursar la orden de detención contra un requisitoriado. Entre ellos se encuentran lo referido a su lengua materna y su autoidentificación étnica; rubros que se suman a los nombres y apellidos completos, edad, sexo, lugar y fecha de nacimiento.
Con ello se busca establecer una mejor y más rápida identificación de los agresores, tomando en cuenta la diversidad cultural del país y posibilitando con ello una rápida identificación de dichas personas.
Contra la impunidad
En la exposición de motivos del proyecto de ley se indica que con estas medidas se busca combatir la impunidad en estos delitos. Se establece, en ese punto, que la severidad de las leyes con las que se sancionan dichos ilícitos no puede aplicarse si los responsables no son detenidos.
Se indica además que al 30 de diciembre del año pasado, de un total de 30 requisitorias registrados en el Programa de Recompensas por los delitos mencionados, 29 no estaban vigentes. Mantener esa situación conlleva a generar una sensación de impunidad, se afirma.
“Queda claro que en los casos de los delitos cometidos contra las mujeres estos se fundamentan meramente en su género; es decir, son cometidos contra estas por el simple hecho de ser mujeres”, se indica en el proyecto de ley.
(FIN) FGM
JRA
Más en Andina:
Publicado: 28/5/2023