Este año 2016, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) del Ministerio de Agricultura y Riego decomisó en Piura aproximadamente dos mil 538 kilogramos de palo santo de procedencia ilegal.
Las intervenciones estuvieron a cargo de la Administración Técnica Forestal y Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, oficina descentralizada del Serfor, y de la Policía Nacional del Perú, en las ciudades de Piura, Suyo, Sullana, Chulucanas y Morropón, cuando se pretendía transportar de forma ilegal dicho producto forestal, en muchas ocasiones, en vehículos de transporte público.
El palo santo (Bursera graveolens) es una de las especies forestales del bosque seco, que tiene la capacidad de adaptarse a diferentes suelos. Sin embargo, está amenazado por la extracción ilegal, el cual interrumpe su crecimiento y regeneración natural, por lo que está categorizada como en “peligro crítico”, a través del Decreto Supremo N° 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre.
Según las indagaciones, el palo santo decomisado se pretendía comercializar trozado en forma de barritas. El precio por kilogramo supera los seis soles en el mercado local, por lo que se presume que el valor de lo incautado es de más de 15 mil 228 soles.
El responsable de la ATFFS Piura, Rafael Velásquez Campos, destacó la participación de las rondas campesinas en una de las últimas intervenciones, que permitió la incautación de 10 sacos con aproximadamente 693 kilos de palo santo. El hecho se registró en el centro poblado La Pilca de la provincia de Morropón-Chulucanas.
Del mismo modo, la alerta de la comunidad campesina San Joaquín del distrito de Suyo, provincia de Ayabaca, contribuyó al decomiso de aproximadamente 545 kilos de palo santo en las inmediaciones de una vivienda que se ubica en el sector Puente Quiroz.
Velásquez Campos expresó que el documento que garantiza el transporte legal de un producto (madera, leña o carbón) de cualquier especie forestal es la Guía de Transporte Forestal. Asimismo, exhortó a las empresas de transporte a cumplir con esta disposición, de acuerdo lo establece la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 29763.
Precisó que la referida ley establece como infracciones muy graves: “adquirir, transformar, comercializar, exportar, poseer recursos o productos forestales, extraídos sin autorización”. La sanción es el pago de una multa superior a los 39 mil 500 soles, equivalente a más de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
El Estado peruano regula el aprovechamiento del palo santo. Prohíbe la tala de individuos vivos en pie y permite el uso de ramas, rastrojos o árboles muertos de manera natural.
El palo santo es una especie forestal con un importante valor comercial local e internacional. En el Perú su mayor demanda recae en el uso para sahumerio. Además, posee una resina de la que se elaboran los mejores óleos, aceites y perfumes.
(FIN) NDP/TMC
Publicado: 31/12/2016