Andina

Perú contará con Reservas Indígenas para proteger a etnias en aislamiento

Se ubican en región Ucayali y comprenden a un conjunto de 1,500 personas

Personal del Ministerio de Cultura que visita Reservas Indígenas para realizar trabajo técnico de campo.

15:03 | Lima, jun. 1.

Por primera vez en su historia, el Perú contará con tres Reservas Indígenas en beneficio de los pueblos originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, dio a conocer hoy el Ministerio de Cultura.

Se trata de las Reservas Indígenas Mashco Piro, Murunahua e Isconahua, ubicadas en la región Ucayali, donde viven entre 1,000 y 1,500 personas, distribuidas en cinco etnias en situación de aislamiento y cuatro en situación de contacto inicial, detalló Lorena Prieto, titular de la Dirección de Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial (DACI) del Ministerio de Cultura.

La reserva Mashco Piro tiene una dimensión de 768,848 hectáreas y comprende parte del distrito de Purús, en la provincia del mismo nombre. Abarca las cabeceras de los ríos Purús y Curanja. Allí moran las poblaciones indígenas Mashco Piro, Mastanahua y un pueblo cuya etnia aún no ha sido posible determinar.


Por su parte, la reserva Murunahua tiene una extensión de 481,560 hectáreas, en parte de los distritos de Yurúa y Antonio Raimondi, en la provincia de Atalaya. Abarca la cuenca del río Alto Yurúa y sus afluentes: Huacapistea, Piquiyacu, Platanal, Torolluc, Guineyacu, Mú y Mapuya. En este territorio moran las etnias Murunahua, Chitonahua, Mashco Piro y Amahuaca.


En tanto, la reserva Isconahua se extiende sobre un área de 275,665 hectáreas, en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo. Comprende parte de las cabeceras, ríos y afluentes del río Abujao, Piyuya Bushaya, Utuquinía y Callería, incluyendo parte de la zona fronteriza Perú-Brasil. Allí se encuentra la etnia Isconahua.

En estas reservas existe actualmente 12 puestos de vigilancia y 32 agentes de protección del Ministerio de Cultura, dijo Prieto.


En diálogo con la Agencia Andina, la funcionaria indicó que estas tres Reservas Indígenas surgen de la adecuación de las tres Reservas Territoriales que llevan los mismos nombres y que fueron creadas en 1997. Esta adecuación responde al reglamento de la Ley 28736, Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, aprobada en 2006.

“Dicha norma regula la obligación del Estado peruano de garantizar los derechos de estos pueblos mediante el establecimiento de un régimen especial transectorial de protección”, manifestó.

Destacó que con esta nueva categoría se establece que dentro de los territorios de las Reservas Indígenas no podrán existir asentamientos poblacionales distintos a los de los pueblos que habitan en su interior. También se restringe la realización de actividades y costumbres distintas a las que realicen los pueblos indígenas que ahí habitan.


Prieto remarcó que el Ministerio de Cultura, a través del Viceministerio de Interculturalidad, tiene como competencia la protección de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial. “Su rol es evaluar, planificar y supervisar los mecanismos, medidas y acciones destinadas a la protección de los derechos de estas poblaciones, coordinando con los diversos sectores del Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales, así como con la sociedad civil”, subrayó.

La funcionaria recordó que el proceso de adecuación de las Reservas Territoriales a Reservas Indígenas demandó un año y medio de arduo e intenso trabajo para tener listo el expediente que fue presentado a una comisión multisectorial que se encarga de aprobar la categorización.

Sostuvo que lo que resta en este proceso para oficializar la categorización de las tres Reservas Indígenas, es la aprobación de un Decreto Supremo, que debe ser suscrito por el Presidente de la República y refrendado por la ministra de Cultura. “En los próximos días tendremos listo el proyecto para ser elevado al Viceministerio de Interculturalidad y luego al despacho ministerial. De allí será presentado al Consejo de Ministros. Confiamos en que esta norma se apruebe en esta gestión”, anotó.

Reservas Indígenas con reconocimiento en curso

Prieto adelantó que además de estas tres Reservas Indígenas, el Ministerio de Cultura proyecta contar con el reconocimiento de otras dos reservas que siguen el proceso de adecuación, y que son actualmente Reservas Territoriales. 

Una de ellas es la Reserva Territorial Kugapakori, Nahua, Nanti (creada en 1990) y que ocupa  parte del distrito de Echarati, en la provincia cusqueña de La Convención, y el distrito de Sepahua, en la provincia ucayalina de Atalaya. Tiene una superficie de 456,672.73 hectáreas. Allí residen las poblaciones originarias de las etnias Yora o Nahua, Machiguenga y un pueblo indígena cuya presencia étnica no se ha podido identificar por ahora.


La otra es la actual Reserva Territorial Madre de Dios, creada en 2002, y presenta una superficie de 829,941 hectáreas. Comprende los distritos de Laberinto, Tambopata, Las Piedras, Madre de Dios, Fitzcarrald e Iñapari. Abarca las cuencas de los ríos Los Amigos, Pariamanu, Las Piedras, Tahuamanu y Acre. Las etnias que habitan ese territorio son Mashco Piro y una cuya pertenencia no ha sido posible aún identificar.

Prieto agregó que existen otras dos propuestas de creación de Reserva Indígena y el Ministerio de Cultura viene trabajando en la elaboración de los expedientes respectivos y luego de lo cual se requerirá la aprobación de un Decreto Supremo que las reconozca como tales. Una de ellas está ubicada en parte de la zona reservada Sierra del Divisor (región Ucayali) y la otra en Yavarí-Mirin (región Loreto).

Reservas Indígenas y su importancia

La funcionaria del Ministerio de Cultura explicó que los pueblos indígenas en aislamiento son aquellos que no han desarrollado relaciones sostenidas con los demás integrantes de la sociedad. En tanto, los pueblos indígenas en contacto inicial son aquellos que han comenzado un proceso de interrelación con los demás integrantes de la sociedad.  Se estima que existen alrededor de 14 pueblos indígenas en estas condiciones, que agrupan a aproximadamente 5,000 personas, detalló Prieto.

Precisó que el proceso para lograr la categoría de Reserva Indígena se divide en dos etapas. La primera consiste en el reconocimiento, que involucra la presentación de la propuesta de reserva, la calificación favorable por parte del Ministerio de Cultura, en tanto que la Comisión Multisectorial encarga el estudio previo de reconocimiento. Si los estudios fundamentan la existencia de la reserva propuesta, la mencionada comisión propone el Decreto Supremo de reconocimiento respectivo. Finalmente, se aprueba y oficializa la norma en el Diario Oficial El Peruano.

La segunda fase es la categorización, que consta de los estudios adicionales, su aprobación en la Comisión Multisectorial y, finalmente, la aprobación y publicación del Decreto Supremo que oficializa la categoría de Reserva Indígena.

Remarcó que la categorización es importante porque cambia y eleva el estatus jurídico de las normas al establecer el Decreto Supremo, que es una norma que cuenta con mayor estabilidad jurídica. Asimismo, la categorización permite implementar instrumentos de planificación y gestión para la protección de las Reservas Indígenas, como un plan de protección, un comité de gestión y otras medidas complementarias.


Beneficios

Los principales beneficios que se logra con la categoría de Reserva Indígena son la intangibilidad del área para la protección de los pueblos en aislamiento y contacto inicial, dado que únicamente pueden permanecer en su interior los habitantes de dichos pueblos.  “Cada reserva contará con un plan de protección en la cual participan diversos sectores de gobierno”, enfatizó.

(FIN) LZD/MAO

Publicado: 1/6/2016