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Normas legales: fijan sanción para acoso sexual a menores

Foto: ANDINA.

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08:15 | Lima, nov. 21.

El Poder Ejecutivo oficializó la norma que busca agilizar los procesos judiciales sobre acoso sexual y proteger a los menores de edad que sean víctimas de este delito.



Se trata de la Ley 32169, aprobada en el Congreso y publicada hoy en la separata Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En esta se modifica el artículo 176-B del Código Penal, estableciendo que se aplicará pena por acoso sexual a quienes incurran en este “valiéndose del uso de cualquier tecnología de la información o de la comunicación o cualquier otro medio tecnológico.”

Acoso a menores

De igual forma, mediante una modificación al artículo 176-D de dicho compendio de normas, se establece cuál es la sanción para el acoso sexual a menores de 14 años de edad.

Se indica al respecto que esta consistirá en “pena privativa de la libertad no menor de seis ni mayor de nueve años”.


Asimismo, se aplicará una inhabilitación, según lo establecido en los numerales 5, 9, 10 y 11 del artículo 36 del Código Penal.

También se señala que el acoso sexual a los menores de edad implica vigilar, perseguir, hostigar, asediar o buscar establecer contacto o cercanía con un menor de hasta 14 años “para llevar a cabo actos de connotación sexual”.


“Igual pena se aplica a quien realiza la misma conducta valiéndose del uso de cualquier tecnología de la información o de la comunicación o cualquier otro medio tecnológico”, se indica.

Esta ley lleva las firmas de la presidenta Dina Boluarte y del titular del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

Acoso a Menores by Fidel Gutierrez



(FIN) FGM/CVC
GRM

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Publicado: 21/11/2024