Andina

Gobierno oficializa estado de emergencia en Putumayo y Mariscal Ramón Castilla

El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asumirá el Comando Unificado de las FF. AA. y PNP

Provincia de Putumayo, región Loreto Foto: ANDINA/Difusión

Provincia de Putumayo, región Loreto Foto: ANDINA/Difusión

21:53 | Lima, oct. 9.

El Gobierno oficializó la prórroga del estado de emergencia declarado en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla, departamento de Loreto, por 60 días calendario, a partir del 10 de octubre del 2024, que anunció esta tarde el ministro de Defensa, César Astudillo.

El Decreto Supremo 106-2024-PCM, publicado en la edición de normas extraordinarias del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, dispone que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno durante la vigencia del estado de emergencia, con el fin de hacer frente al accionar de los grupos hostiles y otras amenazas conexas.


La Policía Nacional del Perú (PNP) apoyará a las Fuerzas Armadas para el logro de dicho objetivo en las zonas declaradas en estado de emergencia.

La actuación de las Fuerzas Armadas se rige por las normas del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, conforme a lo establecido en el D. Leg. 1095, que establece reglas de empleo
y uso de la fuerza en el territorio nacional, y su reglamento.

Comando Unificado

Además, se dispone que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el Comando Unificado de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en ambas provincias, conforme a lo dispuesto en el D. Leg. 1136 y el D. S. 004-2013-DE, que precisa los alcances del Comando en acciones y operaciones militares en zonas declaradas en estado de emergencia, en los casos en que las FF. AA. asumen el control del orden interno.

Durante la vigencia de la prórroga se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política, en lo referido a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

La implementación del decreto supremo se financia con cargo a las demandas adicionales que apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al procedimiento que prevé el artículo 53 del D. Leg. 1440 (Sistema Nacional de Presupuesto Público).

El Decreto Supremo 106-2024-PCM lleva la rúbrica de la mandataria Dina Boluarte y es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, así como los ministros de Justicia y Derechos Humanos, de Defensa y del Interior.


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(FIN) JOT

Publicado: 9/10/2024