Andina

Decisión del TC cautela derecho a pensión y acceso a la salud de pensionistas

ONP ratifica que retribución extraordinaria de 930 soles no será devuelta

Pensionista. Foto: ANDINA/difusión.

Pensionista. Foto: ANDINA/difusión.

15:35 | Lima, feb. 4.

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) afirmó que la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de declarar inconstitucional la Ley 31083 aprobada por el Congreso, mediante la cual se autorizaba el retiro de los aportes pensionarios administrados por la ONP, cautela el derecho a la pensión y el acceso a los servicios de salud de todos los pensionistas.

“La decisión del Tribunal Constitucional cautela el derecho a la pensión y acceso a los servicios de salud de los actuales y futuros pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones”, expresó la entidad en un comunicado.




Precisó que la retribución extraordinaria de 930 soles pagada en enero a los pensionistas no deberá ser devuelta. “La ONP continuará trabajando para impulsar medidas que faciliten el acceso a la pensión a más peruanos”, aseveró.

De acuerdo con el fallo del TC, la devolución a los aportantes demandaría una partida de 15,000 millones de soles, dinero que no se encuentra dentro del presupuesto público, pues en la actualidad todos los fondos que recauda el Sistema Nacional de Pensiones son destinados al pago de pensiones.

Además, el fallo establece que el Congreso vulneró la Constitución al emitir esta norma, dado que no cuenta con capacidad de gasto y que es el Poder Ejecutivo el que debe determinar la política económica.


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(FIN) VLA/SDD
GRM

Publicado: 4/2/2021