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Congreso aprueba por insistencia ley que otorga capacidad sancionadora a Contraloría

Pleno del Congreso. Foto: ANDINA/Difusión

Pleno del Congreso. Foto: ANDINA/Difusión

20:34 | Lima, jul. 14.

El pleno del Congreso aprobó, por insistencia, la autógrafa de ley que propone tipificar las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional y otorga medidas sancionadoras a la Contraloría General de la República.

La autógrafa, observada por el Ejecutivo, fue aprobada con la votación de 94 congresistas, cero en contra y nueve abstenciones. 

Durante su exposición, el presidente de la Comisión de Fiscalización y Contraloría, Héctor Maquera Chávez, informó que se habían allanado en una de las 11 observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo.

Según indicó Maquera Chávez, este allanamiento (octava observación), se refiere al texto del artículo 58 de la Ley 27785 modificado por la autógrafa, siendo que esta redacción "efectivamente contiene un error material, conforme fue advertido por el Poder Ejecutivo.

"Se recomienda insistir en la autógrafa de ley que tipifica las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional y establece medidas para el adecuado ejercicio de la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República", señaló el congresista.

Asimismo, sostuvo que era necesario contar con una ley que le otorgue la facultad sancionadora a la Contraloría, pues "hay una corrupción que es avasallante y será un freno contra los actos de corrupción que campea en todas las regiones del país".

Autógrafa

La autógrafa modifica los artículos 11, 45, 46, 47, 48, 51, 56, 57, 59 y una definición básica de la novena disposición final de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

Entre los alcances de la insistencia aprobada, plantea que para la determinación de responsabilidades derivadas de la acción de control, deberá brindarse a las personas comprendidas en el procedimiento la oportunidad de conocer y hacer sus comentarios o aclaraciones sobre los fundamentos correspondientes que se hayan considerado, salvo en los casos justificados señalados en las normas reglamentarias.

Además, indica que cuando se identifica responsabilidad administrativa funcional, la Contraloría General adoptará las acciones para la determinación de responsabilidad y la imposición de la respectiva sanción, conforme a las atribuciones establecidas en la presente ley.

Por otro lado, de identificarse responsabilidades de tipo civil o penal, las autoridades competentes, de acuerdo con ley, iniciarán ante el fuero respectivo aquellas acciones de orden legal que correspondan a dichas responsabilidades.

(FIN) JCC/JCR

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Publicado: 14/7/2021