Andina

Casos de flagrancia se resolverán en 72 horas, según Ministerio del Interior

Tendrá vigencia en 90 días, según decreto legislativo

ANDINA/Percy Hurtado Santillán

ANDINA/Percy Hurtado Santillán

12:53 | Lima, ago. 30.

El decreto que regula la acción inmediata para asuntos de flagrancia de delito dispone que en caso de una detención, acumulación de pruebas y confesión del involucrado, el asunto pasará a un proceso penal inmediato, que durará 72 horas, informó hoy el Jefe del gabinete de asesores del Ministerio del Interior, Jaime Reyes.

"Se va  a  aplicar el delitos en flagrancia si se encuentra una persona en flagrancia, es decir  detenido por la policía inmediatamente, debe adjudicarse de este proceso rápido y ágil para poder aplicarle la sanción" correspondiente, señaló.

En esta sentido, explicó que con el Decreto Legislativo Legislativo N° 1194, publicado este domingo en el diario oficial El Peruano, señala que el Fiscal deberá solicitar el desarrollo inmediato del proceso penal correspondiente cuando se cumplan los referidos criterios.

"El problema es que la anterior norma no le daba al fiscal la obligación de iniciar ese proceso inmediato, sino la facultad, es decir,  el fiscal puede. Hoy en día va a ser una obligación", explicó en Canal N.

Según dijo, de 1 millón 400 mil denuncias registradas en 2014,  solo 348 pasaron por proceso inmediato debido a ello.

Para una adecuada aplicación, resaltó, el delito tiene que ser cometido en flagrancia, existir una confesión por parte del implicado y las pruebas recogidas en el caso sean "evidentes" y corroboren la participación en el delito del implicado. 

Los únicos casos que no integran este proceso inmediato, estimó, son los asuntos calificados como complejos. 

"La norma excluye casos complejos, es decir, criminalidad organizada o casos en los que exista pluralidad de gente o de los delitos. En el caso de crimen organizado especializado es un proceso mucho más especializado por lo que requiere otro tipo de actuación", anotó.

Para Reyes, la normativa otorga los instrumentos para que los operadores de justicia, tanto la Policía Nacional (PNP), el Ministerio Público, y el Poder Judicial puedan sancionar a los delincuentes que sean encontrados en plena participación de un hecho delictivo.

Adicionalmente para el proceso inmediato también están comprendidos los delitos de omisión de asistencia familiar y para quienes conducen en estado de ebriedad o drogados. 
 
"Esta norma es una respuesta a los ciudadanos que reclaman la celeridad de los procesos y restablece la confianza de los ciudadanos en las instituciones de justicia", agregó. 

Proceso a seguir 

Según la norma, el proceso a seguir incluye que el fiscal, luego del término del plazo de la detención policial, solicite la investigación preparatoria al juez, y este en 48 horas tendrá que realizar una audiencia única para determinar la procedencia de la solicitud, en caso se cumplan los tres criterios establecidos.

El fiscal, durante el referido procedimiento, debe acompañar su solicitud con el expediente fiscal para que durante este periodo el sospechoso siga en calidad de detenido.

El juez, en este sentido, deberá seguir tres formas: la primera, que dispone la procedencia de la medida coercitiva requerida por el fiscal contra el sospecho; la segunda, la procedencia del principio de oportunidad; y la última está referida al inicio inmediato del proceso.

Posteriormente, una vez aceptado el proceso inmediato, el fiscal procederá a formular la acusación dentro del plazo de 24 horas, a fin de que el juez de investigación preparatoria lo remita al juez penal competente, quien dictará un auto de enjuiciamiento y de citación a juicio.

El juez penal efectuará una audiencia única de juicio oral, pública e inaplazable en el día. De no darse en el momento, la audiencia no debe exceder las 72 horas, a fin de que la Fiscalía exponga de forma resumida los hechos delictivos que se le imputan al acusado y las pruebas halladas.

El decreto legislativo tiene vigencia a partir de los 90 días desde su publicación, y cuenta con la rúbrica del Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso; el titular del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano; y los ministros del Interior y Justicia, José Luis Pérez Guadalupe y Gustavo Adrianzén, respectivamente. 

(FIN) JRM/ ASH

Publicado: 30/8/2015