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Pablo Sánchez: sepa cómo será la investigación al fiscal de la Nación

Reglamento del Congreso precisa los pasos que se darán

Foto: Cortesía.

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11:08 | Lima, nov. 21.

La Comisión Permanente otorgó un plazo de 15 días, a fin de que la subcomisión de Acusaciones Constitucionales investigue la denuncia constitucional contra el fiscal de la Nación, Pablo Sánchez. Así será la etapa de investigación dentro del Congreso.

La subcomisión podrá delegar a uno de sus integrantes, en un lapso no mayor de cinco días hábiles, la determinación de los hechos materia de investigación y la evaluación sobre la pertinencia de las pruebas o indicios.

Tras ello, según el Reglamento del Congreso, se convocará en un plazo no mayor de cinco días hábiles una sesión para realizar la respectiva audiencia y notificar al denunciante, denunciado, testigos y peritos.

La audiencia se realizará con la asistencia de la mitad más uno del número legal de los miembros de la subcomisión. La inasistencia del denunciado no será impedimento para continuar con las actuaciones.

Será pública en los casos en que la denuncia trate sobre una infracción a la Constitución Política; será reservada en los casos en que la investigación verse sobre presuntos delitos, salvo que los denunciados manifiesten su conformidad con la publicidad de la misma.



Tendrán uso de la palabra los denunciantes, a fin de que expongan su acusación, y el denunciado, para que brinde sus descargos. Seguidamente, se recibirán declaraciones testimoniales que hayan sido determinadas por el congresista al que se le delegó esta función.

También se escuchará a los peritos que hayan presentado algún informe y se formularán las preguntas pertinentes. El denunciante o el denunciado puede solicitar una réplica a la presidencia de la subcomisión, en cuyo caso el contrario tiene derecho a una dúplica.

La audiencia finaliza con las preguntas que formulen los miembros de la subcomisión al denunciado y al denunciante.

Después, el presidente encargará al congresista al que se delegó la determinación de los hechos materia de la investigación y la pertinencia de las pruebas, la elaboración de un informe para que lo presente, a más tardar, dentro de los cinco días hábiles posteriores a la audiencia, el cual será debatido y aprobado, o rechazado, en la sesión que para el efecto convoque el presidente de la subcomisión.

Dicha sesión se llevará a cabo con la asistencia de la mitad más uno del número legal de los miembros de la subcomisión.

El informe final puede concluir con la acusación del investigado o el archivo de la denuncia, y debe ser remitido a la Comisión Permanente. No es admisible otro tipo de conclusiones ni recomendaciones.


(FIN) VVS/FHG
GRM

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Publicado: 21/11/2017