Tras admitirse las solicitudes de inscripción para las elecciones 2021, inicia el periodo de tachas contra los candidatos en forma individual o contra las listas completas, paso previo para declarar la inscripción formal de las postulaciones.
De acuerdo al reglamento para la inscripción de listas aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones para este proceso electoral, cualquier ciudadano inscrito ante el Reniec y con sus derechos vigentes puede formular tacha dentro de los tres días calendario siguientes a la publicación de la fórmula o lista respectiva.
Las tachas deben estar referidas a una infracción de los requisitos para inscribir una lista de candidatos o una candidatura prevista en la Ley Orgánica de Elecciones o la Ley de Organizaciones Políticas.
Entre los requisitos para ser candidato figura ser peruano de nacimiento, gozar de derecho a sufragio, estar inscrito en Reniec y haber sido elegido al interior de una organización política en elecciones internas.
Para inscribir una lista presidencial, se debe presentar el formato de solicitud de inscripción, el acta de las elecciones internas suscrita por el órgano electoral y el personero legal, el plan de gobierno, la Declaración Jurada de Hoja de Vida, la declaración jurada de no tener deuda pendiente con el Estado ni personas naturales por reparación civil, entre otros.
En caso de las listas de candidatos al Congreso, se pide como requisito el número de representantes por cada circunscripción electoral, el 50 % de hombres y 50% de mujeres, el número de ubicación en la lista de cada candidato, respetar la proporción de candidatos designados, entre otros.
Trámite de las tachas
Las tachas, de acuerdo al reglamento, se interpone ante los jurados electorales especiales que tramita la solicitud de inscripción, junto con el comprobante de pago por este concepto.
Presentada la tacha, se correr traslado, en el día, al personero legal de la organización política para sus descargos dentro del plazo de un día calendario. Vencido dicho plazo, se resuelve la tacha en el término de tres días calendario de recibida, sin audiencia pública.
Se puede presentar una apelación contra la resolución de una tacha.
Efectos de la tacha
La organización política puede reemplazar al candidato, si la tacha es fundada, hasta la fecha límite de presentación de las solicitudes de inscripción de listas. El candidato reemplazante debe satisfacer los requisitos de ley para su inscripción.
Si procede la tacha contra un candidato a la presidencia, no se inscribirán las candidaturas a las vicepresidencias.
En tanto, si procede la tacha contra uno de los vicepresidentes, se inscribe la fórmula con el candidato a la presidencia y el otro candidato a la vicepresidencia. No se podrá inscribir la formula si procede la tacha contra los dos vicepresidentes.
En el caso de la lista de candidatos al Congreso y al Parlamento Andino, la tacha declarada fundada respecto de uno o más candidatos de la lista no invalida la inscripción de los demás candidatos.
(FIN) FHG/VVS
JRA
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Publicado: 30/12/2020