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SMV autorizó difusión de propuesta sobre transacciones entre empresas con vinculación

En marco de gobierno corporativo y en beneficio de inversionistas minoritarios

Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). Foto: ANDINA/Difusión

Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). Foto: ANDINA/Difusión

13:49 | Lima, may. 27.

El directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) autorizó la difusión en consulta ciudadana del proyecto de norma sobre las transacciones entre partes vinculadas para recibir comentarios y sugerencias, informó hoy el regulador del mercado de valores.

De conformidad con la Ley del Mercado de Valores, las transacciones que involucren al menos el 5 % de los activos de un emisor (empresa) con personas naturales o jurídicas vinculadas a sus directores, gerentes o accionistas que representen más del 10 % de su capital social, deben ser sometidas a consideración previa del directorio para obtener su aprobación, sin la intervención de los directores vinculados. 

La norma establece que corresponde a la SMV definir los alcances del término control y vinculación, así como regular la participación de la entidad externa a la sociedad, en caso el accionista de control del emisor ejerza además el control de la contraparte, y demás aspectos en dicho artículo, materias que son desarrolladas en la norma a estar en consulta ciudadana.

La SMV hizo hincapié en que esta propuesta responde a estándares internacionales y tiene como finalidad salvaguardar los derechos de los accionistas, en particular de los accionistas minoritarios ante transacciones que son significativas.

Alcance


La medida será de aplicación a todas las sociedades con acciones representativas de su capital social inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores, con excepción de emisores constituidos en el extranjero, quienes de no someterse deberán informar si cuentan o no con políticas sobre el particular.

También será de aplicación de los emisores cuyas acciones se encuentren inscritas bajo el régimen del Mercado Alternativo de Valores (MAV) y emisores que participen en el Mercado de Inversionistas Institucionales, señaló la SMV. 

En la propuesta normativa se precisa además, en concordancia al Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación y de Grupos Económicos, el alcance de vinculación y control.

Entidades revisoras


De otro lado, se establece los requisitos mínimos que deben cumplir las entidades revisoras de la transacción y se precisa que a los fines de la emisión del informe, tales entidades deberán emitir una opinión fundamentada, revelando el análisis, prácticas o metodología usada para valorizar los activos o pasivos u otros materia del acto o contrato.

Además estas entidades deberán pronunciarse sobre si el precio o precios comprendidos en los mismos se realizarán a valor razonable u otra medición comprendida en las NIIF, y si el acto o contrato es lesivo a los intereses del emisor en beneficio del director, gerente, accionista o a los vinculados a éstos que actúen como contraparte en dicha transacción.

Sanciones


Finalmente, se precisa que la SMV sancionará al emisor cuando determine que este no cumplió con convocar al directorio o a la Junta General de Accionistas (JGA) según corresponda, o no cumplió con designar o contratar a una entidad externa para la emisión del informe de revisión correspondiente. 

El proyecto de norma se difunde como consulta ciudadana por un espacio de 30 días calendarios a través del portal de la SMV (www.smv.gob.pe). Los comentarios y sugerencias se podrán presentar en la Oficina de Trámite Documento de la SMV: Avenida Santa Cruz 315, Miraflores, provincia y departamento de Lima, o al correo electrónico: Proy51LMV@smv.gob.pe.

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(FIN) MMG



Publicado: 27/5/2018