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Magistrados del TC: lo que sigue en proceso de denuncia constitucional

Denuncia es ventilada en Subcomisión de Acusaciones Constitucionales

Foto: ANDINA/archivo.

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12:33 | Lima, nov. 28.

Tras la audiencia de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, en la que la defensa de cuatro miembros del Tribunal Constitucional y marinos en retiro expusieron argumentos, esto es lo que sigue en torno a la denuncia constitucional que se ventila contra los magistrados en el Congreso.

César Segura, congresista delegado por la subcomisión, deberá elaborar en un plazo no mayor de cinco días hábiles un informe, el cual será debatido y aprobado, o rechazado, en la sesión que para el efecto convoque la presidencia de la subcomisión, según el Reglamento del Congreso.

El informe final puede concluir con la acusación de los investigados o el archivamiento de la denuncia, y debe ser remitido a la Comisión Permanente. No es admisible otro tipo de conclusiones y/o recomendaciones.

Recibido el informe, la presidencia de la Comisión Permanente ordena su distribución entre los miembros y convoca a sesión de la misma, la que no se realizará antes de los dos días útiles siguientes.

Si el informe propone el archivamiento o la improcedencia se vota previo debate y el expediente se remite al archivo. Si propone la acusación ante el Pleno del Congreso, se debatirá el informe y se votará, pronunciándose por la acusación o no ante el Pleno.

Si el informe que propone la acusación es aprobado, la Comisión Permanente nombra una Subcomisión Acusadora integrada por uno o más miembros de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, a efecto de que   sustente el informe y formule acusación en su nombre ante el Pleno del Congreso.

Aprobada la acusación por la Comisión Permanente, el Consejo Directivo decide la fecha y hora, así como las
reglas a ser aplicadas para el debate, otorgándole prioridad en la agenda de la sesión correspondiente.

Luego de la sustentación del informe y el debate, el Pleno del Congreso vota pronunciándose en el sentido de si hay o no lugar a la "formación de causa" a consecuencia de la acusación

El acuerdo aprobatorio de una acusación constitucional, por la presunta comisión de delitos en ejercicio de funciones, requiere la votación favorable de la mitad más uno del número de miembros del Congreso sin participación de los miembros de la Comisión Permanente. El acuerdo aprobatorio de suspensión requiere la misma votación.

El acuerdo aprobatorio de sanción de suspensión, inhabilitación o destitución por infracción constitucional, se adopta con la votación favorable de los 2/3 del número de miembros del Congreso, sin participación de la Comisión Permanente. En este caso, la aplicación de la sanción impuesta por el Congreso es inmediata.

Sobre la denuncia contra los magistrados del TC


Los magistrados Manuel Miranda, Marianella Ledesma, Carlos Ramos Núñez y Eloy Espinoza, fueron denunciados por 11 marinos en retiro, al considerar que cambiaron la orientación de uno de los votos (del exmagistrado Juan Vergara Gotelli) de una sentencia de 2013 que establecía que en la intervención contra el motín del penal El Frontón, en 1986,  no hubo delitos de lesa humanidad. 

Walter Albán, abogado del magistrado Espinosa, afirmó que no se puede hablar de que se vulneró la cosa juzgada porque no hubo fallo.

Los magistrados acudieron en octubre ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para denunciar la amenaza a la independencia de sus funciones por parte del Congreso por el caso El Frontón.

(FIN) VVS/CVC
JRA

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Publicado: 28/11/2017