Andina

Jefe del Estado promulgó ley que condona multas electorales a damnificados por terremoto en el sur

Norma beneficia a familias domiciliadas en zonas declaradas en emergencia

El presidente de la República, Alan García. Foto: ANDINA / Vidal Tarqui

El presidente de la República, Alan García. Foto: ANDINA / Vidal Tarqui

21:51 | Lima, set. 29 (ANDINA).

El presidente Alan García Pérez promulgó esta noche la ley aprobada en el Congreso que condona las multas electorales a favor de los damnificados por el sismo del 15 de agosto del año pasado.

El 19 de setiembre pasado el jefe de Estado promulgó otra ley aprobada en el Congreso, que dispuso diversas acciones de reconstrucción de viviendas, reubicación de damnificados y restablecimiento y ampliación de servicios y edificaciones públicas.

Asimismo, hasta el 19 de agosto pasado el gobierno aprobó partidas por un monto total de 177 millones de nuevos soles, que beneficiaron a 29,500 jefes de hogar damnificados, cada uno con bonos de 6 mil nuevos soles, como ayuda económica-social para aliviar el efecto de la destrucción total de las viviendas a consecuencia del terremoto.

La Secretaría de Prensa de la Presidencia de la República informó que el dispositivo aprobado esta noche condona las multas electorales vigentes a favor de los ciudadanos que según su DNI se encuentren domiciliados en las zonas de Ica, Huancavelica y Lima declaradas en estado de emergencia a consecuencia del mencionado sismo.

Dichas zonas son las provincias del departamento de Ica; las provincias de Castrovirreyna y Huaytará, y el distrito de Acobambilla, en Huancavelica; y las provincias de Cañete y Yauyos, en Lima.

La condonación alcanza a las multas impuestas a omisos al acto de sugrafio, y por no concurrir a ejercer función de miembro de mesa, o haberse negado a integrarla; pero no a quienes a la fecha hubieran cancelado las multas.

Según la norma, no procede la devolución del pago de las multas.
 
Del mismo modo, la ley dispone el archivo de las cobranzas coactivas iniciadas por el no pago de las multas electorales.

También encarga al Jurado Nacional de Elecciones, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil el cumplimiento de las referidas disposiciones en favor de los damnificados.

La ley promulgada por el jefe de Estado será publicada mañana en el diario oficial El Peruano, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

(FIN) NDP/CCR

 


Publicado: 29/9/2008