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Ibazeta: “El Estado no podía seguir siendo empleador de terroristas”

Saluda medida que impide a exdelincuentes trabajar en sector público

Marcos Ibazeta. Foto: Facebook Marcos Ibazeta.

Marcos Ibazeta. Foto: Facebook Marcos Ibazeta.

14:28 | Lima, may. 18.

El Estado no podía seguir siendo empleador de terroristas ni de personas que cometen actos aberrantes, opinó el expresidente de la Sala Penal Antiterrorismo, Marcos Ibazeta, al saludar la iniciativa para prohibir que condenados por terrorismo y otros delitos laboren en el sector estatal.

Sostuvo que era incompatible que delincuentes y “lacras” que pretendieron destruir al Estado y al sistema democrático trabajen en la esfera pública, y agregó que para evitarlo ni siquiera se requería una norma, sino la simple aplicación de “una lógica esencial”.

“Un contrato laboral es una manifestación de voluntad de dos partes y se rige por los principios de buena fe y confianza. Entonces, cómo es posible que el Estado, como empleador, contrate a aquellos que no le inspiran confianza”, aseveró Ibazeta, en diálogo con la Agencia Andina.

El exmagistrado también indicó que una consecuencia directa de esta norma, una vez que entre en vigor, será exigir como requisito indispensable para ingresar o reingresar a laborar en el sector público no haber tenido una condena por estos delitos.


Además, consideró que esta norma no es discriminatoria para quienes cumplieron su sentencia y buscan reinsertarse al mercado laboral, pues dijo que el empleador siempre ha tenido libertad para elegir a quien estime conveniente, sin que nada lo obligue a contratar a exdelincuentes.

“Esa restricción es una consecuencia lógica. Ellos pueden rehacer su vida y reinsertarse donde quieren y donde puedan, pero nadie está obligado a darles trabajo, menos aun cuando pertenecen o han pertenecido a organizaciones que han atacado al Estado”, remarcó el letrado.

Como se recuerda, el Congreso aprobó en segunda votación el proyecto de ley que propone como requisito para trabajar en el sector público, no haber sido sentenciado por el delito de apología al terrorismo, violación sexual, proxenetismo, entre otros ilícitos.

Dicha ley entraría en vigencia en un plazo de 90 días, tiempo en el cual las entidades públicas deberán verificar si sus servidores tuvieron sentencias condenatorias por estos delitos.

(FIN) MVF/

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Publicado: 18/5/2018