El Poder Ejecutivo emitió hoy un decreto de urgencia para reducir el gasto público hasta en 969 millones 162,868 soles, estableciendo medidas de eficiencia y reduciendo costos en seminarios, talleres, servicios de imagen, pasajes y publicidad, así como un uso adecuado de vehículos oficiales.
Mediante
Decreto de Urgencia Nº 005-2018, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece estas medidas extraordinarias en materia económica y financiera, determinándose el ahorro y uso adecuados de los recursos en los siguientes rubros:
- Seminarios, talleres y similares organizados por la institución.
- Servicios de imagen institucional, con excepción de los gastos que se efectúen para las acciones de promoción de importancia para el Perú que realice la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú).
- Libros, diarios, revistas y otros bienes impresos no vinculados a enseñanza.
- Servicio de impresiones, encuadernación y empastado, con excepción de los gastos que se efectúen para las acciones de promoción de importancia para el Perú que realice Promperú.
- Pasajes y gastos de transporte.
- Viáticos y asignaciones por comisión de servicio
- Otros gastos de comisión de servicios, con excepción de los gastos que se efectúen en el ámbito nacional para las acciones en el marco de la atención de desastres, conflictos sociales y eventos internacionales declarados de interés nacional, o las acciones de promoción de importancia para el Perú que realice Promperú.
- Atenciones oficiales y celebraciones institucionales.
- Servicios de publicidad y difusión, con excepción de los gastos que se efectúen para las acciones de promoción de importancia para el Perú que realice Promperú.
- Se dispone que la adquisición de vehículos automotores para las entidades del Gobierno Nacional, y los gobiernos regionales y locales, sólo puede efectuarse previa autorización del titular del Pliego mediante resolución de dicha autoridad y que se publica en el portal institucional de la entidad respectiva.
- Se establece que la asignación exclusiva de vehículos automotores para altos funcionarios, en el caso de entidades del Gobierno Nacional, es únicamente para uso oficial de los ministros, viceministros, secretarios generales, jefes de Gabinete y titulares de pliego de organismos públicos, que cuentan con la autorización correspondiente.
- El resto del personal público puede hacer uso de los vehículos automotores de la flota de la respectiva entidad para el cumplimiento de sus funciones.
- Las entidades constitucionalmente autónomas, las Fuerzas Armadas y Policiales, los gobiernos regionales y locales, adoptan medidas de austeridad en materia de uso de vehículos, las cuales deben ser aprobadas mediante resolución de su titular, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados a partir de hoy.
- Se crea la Comisión Multisectorial encargada de proponer lineamientos y criterios a emplear para el uso de bienes inmuebles de las entidades públicas del Gobierno Nacional, a efecto de cautelar el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales, así como garantizar el uso eficiente de los recursos públicos. La Comisión es de naturaleza temporal y depende del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales queda constituida como Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial.
- Las entidades, empresas u organismos del sector público comprendidas en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, aprueban dentro de los 10 días hábiles contados a partir de hoy disposiciones de austeridad.
- En el caso del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), la aprobación se efectúa mediante Resolución de su Director Ejecutivo.
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(FIN) CNA
Publicado: 4/5/2018