La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró de oficio, el cese de la medida de comparecencia con restricciones impuesta al expresidente Martín Vizcarra, en el proceso penal que se le sigue por presunto delito de cohecho pasivo propio, en agravio del Estado.
En ese sentido, se declaró fundado el recurso de apelación de su defensa, y se le dictó comparecencia simple.
El tribunal consideró que con la entrada en
vigencia de la Ley 32130, la comparecencia con restricciones se encuentra sujeta a un plazo determinado, en este caso 36 meses.
En el caso de Vizcarra Cornejo este plazo ya caducó porque han transcurrido 45 meses desde la imposición de la medida, en marzo del 2021.
La sala anota que, con la entrada en vigencia de la nueva ley al haberse vencido el plazo de imposición, como lo ha señalado el tribunal supremo ninguna medida puede ser indefinida, más aun cuando se restringe ciertos derechos fundamentales.
(FIN) JCC
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Published: 1/17/2025