Elecciones 2026: el 2 de agosto vencerá plazo para inscribir alianzas electorales

Faltan 3 días para solicitar la conformación de alianzas

Foto: ANDINA/Vidal Tarqui.

Foto: ANDINA/Vidal Tarqui.

11:32 | Lima, jul. 30.

El 2 de agosto vencerá el plazo para inscribir alianzas electorales ante la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de acuerdo al cronograma electoral aprobado por el máximo organismo electoral.

Plazo vence en 3 días

A solo tres días del vencimiento del plazo, el JNE hace un llamado a las organizaciones políticas a tomar en cuenta los plazos establecidos para evitar contratiempos. La conformación de alianzas implica criterios de distribución de candidaturas y reglas internas, que también deben ser presentadas ante el ente electoral.


Organizaciones habilitadas

Las 43 organizaciones políticas habilitadas para participar en el proceso electoral del 2026 pueden formar alianzas entre sí bajo una misma denominación y símbolo común, precisó el JNE.

La nueva alianza electoral debe solicitar su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas hasta el 2 de agosto. 

La Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas dará a conocer el 1 de setiembre qué alianzas electorales cumplieron con los requisitos para lograr su inscripción, en función de lo que establece al respecto en las normas internas de dichas organizaciones políticas

El plazo para realizar las modificaciones en sus estatutos y reglamentos venció el pasado 11 de junio y, según informó el JNE, casi la mitad de los 43 partidos políticos solicitaron la actualización de sus estatutos.





¿Cuáles son los requisitos para formar alianzas electorales?


Según la Ley de Organizaciones Políticas, una alianza electoral debe estar conformada por dos o más organizaciones políticas con inscripción vigente. 




Para solicitar su inscripción deben presentar un acta del acuerdo para la conformación de la alianza electoral firmada por sus autoridades partidarias; indicar el proceso electoral en el cual participarán; los objetivos de la alianza; el nombre y símbolo que los representará y sus órganos de gobierno.

Asimismo deben designar a sus representantes, personeros y tesoreros; indicar cómo se distribuirán las candidaturas y el financiamiento público directo que le pueda corresponder a la alianza, y precisar la modalidad que emplearán para la elección de sus candidatos, entre otros.

Información histórica sobre las alianzas

De acuerdo con información difundida por el JNE, desde 1931, en 11 de las 18 elecciones presidenciales se han conformado alianzas electorales. Estas se registraron en los comicios de 1939, 1945, 1980, 1985, 1990, 1995, 2000, 2001, 2006, 2011 y 2016.


Asimismo, se recuerda que en las elecciones de 1939 se constituyó la alianza con más partidos en la historia electoral: Concentración Nacional, integrada por ocho organizaciones políticas.

Entre ellas figuran el Partido Constitucional Renovador, Partido Demócrata, Partido Democrático Reformista, Partido Liberal, entre otros colectivos que sumaron esfuerzos en ese proceso electoral.

Por otro lado, el mayor número de alianzas registradas en una misma elección se dio en el año 2006, con cinco alianzas electorales: Alianza por el Futuro, Frente de Centro, Concentración Descentralista, Unidad Nacional y Fuerza Democrática. 


Valla electoral

La Ley de Organizaciones Políticas, en su artículo 13, establece que las organizaciones políticas compitan en las elecciones formando alianzas requieren alcanzar el 6 % de los votos válidos para conservar su inscripción electoral. Adicionalmente se elevará en 1 % por cada partido que se sume a la alianza.


(FIN) FHG/ETA/CVC
GRM



Published: 7/27/2025