Debido al repunte de contagios que iniciaron una segunda ola de la pandemia del covid-19 en el país, el Gobierno dispuso la inmovilización social obligatoria y vehicular particular los domingos en siete regiones que presentan un nivel muy alto de infecciones, como parte de un conjunto de medidas para contener y reducir la propagación del virus.
La restricción del tránsito peatonal y vehicular particular, para evitar un masivo desplazamiento de personas y evitar las reuniones familiares y sociales que favorecen el incremento de contagios, regirá en las regiones de Áncash, Ica, Lima provincias, Junín, Lambayeque, Piura y Tacna.
Excepciones
Se exceptúa de la inmovilización al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas (farmacias, droguerías y boticas), servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio o “delivery”.
Asimismo, para los trabajadores que cuyo desempeño garantiza la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas y otros combustibles.
También, quienes trabajan en telecomunicaciones y labores conexas, en la limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de ocupaciones económicas, transporte de caudales (según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones).
Se permite, igualmente, el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y para la adquisición de medicamentos.
El personal de prensa escrita, radial o televisiva puede transitar durante el período de inmovilización social obligatoria, siempre que porte su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su DNI para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.
Restricción vehicular particular
El Gobierno dispuso que solo habrá restricción del tránsito vehicular particular en Arequipa, Apurímac, Cajamarca, Callao, Cusco, Huánuco, La Libertad, Lima Metropolitana, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno y Tumbes, comprendidas en el grupo de regiones con alerta alta de contagio.
Vigencia de la inmovilización
La inmovilización social obligatoria y vehicular particular regirá, inicialmente, los domingos 17 y 24 de enero, sujeta a evaluación de su continuidad cada 15 días.
Esta medida forma parte de un conjunto de acciones de contención adoptada por el Gobierno en vista del repunte de contagios, las cuales entrarán en vigencia desde mañana viernes 15 hasta el 31 de enero.
Las acciones preventivas contemplan el nuevo horario del toque de queda, que en las regiones con muy alto nivel de contagio empezará a partir de las 7:00 p.m. hasta las 4:00 a.m.
Asimismo, la limitación del aforo para ciertos establecimientos que congregan al público como gimnasios, casinos, cines y teatros (20 %); centros comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y galerías (30 %); restaurantes (40 %) y en las iglesias y espacios de culto (10 %).
El Gobierno sostuvo que se toman medidas focalizadas de acuerdo al avance de la pandemia en cada departamento, y en coordinación con los gobiernos regionales y locales.
Medidas de prevención permanentes
El Gobierno instó a la población a respetar las medidas permanentes de prevención como son uso de mascarilla, lavado continuo de manos, distanciamiento físico, uso de espacios abiertos y ventilados; así como evitar aglomeraciones y los espacios cerrados.
Asimismo, continuará la restricción de aforos en espacios de transporte público y aplicación de protocolos de bioseguridad, y se sancionarán las actividades que involucren aglomeración o concentración de personas en espacios cerrados.
El uso de playas seguirá restringido y se promueve el trabajo remoto en el sector público y privado.
(FIN) LZD/MAO
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Published: 1/14/2021