Susana Villarán no podrá salir del país en 36 meses por disposición del Poder Judicial

Foto: captura TV.

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13:38 | Lima, jul. 10.

El Poder Judicial dispuso el impedimento de salida del país durante 36 meses contra la exalcaldesa de Lima Susana Villarán, procesada por el delito de agrupación ilícita y otros por los aportes de Odebrecht y OAS a sus campañas.


“Se va imponer el máximo establecido por ley, que son 36 meses; la petición del Ministerio Público es fundada y se impone por 36 meses (el impedimento de salida del país) contra Susana Villarán”, aseguró el l juez Jorge Chávez Tamariz, titular del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria.

Asimismo, el magistrado dispuso que se oficie a la autoridad de Migraciones para que la medida sea cumplida en el marco del proceso penal que se seguirá a la exalcaldesa de Lima y solo para la etapa de juzgamiento de esta causa.

El juez Chávez Tamariz argumentó que sobre la exalcaldesa de Lima  Susana Villarán existe un nivel de “sospecha fuerte”, en la presunta comisión de los delitos de asociación ilícita, colusión agravada, cohecho pasivo propio, autoría mediata en lavado de activos, entre otros, como se evidencia en el auto de enjuiciamiento.


Asimismo argumentó que se cumple presupuesto de la pena imponible, dado que el auto de enjuiciamiento pide 29 años de prisión para Villarán, así como el principio de proporcionalidad en diferentes aspectos.

El impedimento de salida del país está regulado en el Código Penal con la finalidad de alcanzar la verdad, que es tema sustantivo y alcanza el pronunciamiento del Sistema Interamericano, es lo que la sociedad y la población exige en el marco de un proceso penal”, refirió.

Dijo además que se justifica la necesidad de la medida, pues, es menos gravosa que una prisión preventiva.



Comunicación con órganos de prueba e imputados

El juez Chávez Tamariz, sin embargo, declaró infundado el extremo del pedido para que se prohíba la comunicación de la procesada con órganos de prueba e imputados, solicitado por el Ministerio Público.

Sostuvo que el Ministerio Público debe argumentar el peligro procesal que existiría en este tipo de conducta durante la etapa de juzgamiento, dado que las reglas de conducta o coerciones solicitadas anteriormente estaban orientadas a asegurar al imputado durante el proceso de investigación preparatoria.

“Si hay nuevos elementos, preséntelos (…). Declaro infundada la restricción que ha pedido el Ministerio Público, salvo que postule lo que corresponda”, refirió.

Tras esta decisión, el representante del Ministerio Público anunció que apelará la decisión del juez en lo que respecta a este extremo de su pronunciamiento.

Durante la audiencia, tanto Susana Villarán como su abogada defensora se allanaron a la medida de impedimento de salida del país.

Me allano al impedimento de salida del país, no he tenido ese interés ni voy a huir ni nada. Si analizan los controles físicos, presenciales y virtuales en el GPS, estoy en mi domicilio legal todo el tiempo”, refirió Villarán.

El juez Chávez Tamariz indicó además que la audiencia continurá en la tarde, para resolver el pedido del Ministerio Público contra los demás procesados.


(FIN) FHG
GRM

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Published: 7/10/2025