El Régimen de Apoyo Transitorio (RAT) dirigido por el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass) y bajo el cual se encuentran 18 Empresas Prestadoras de Servicios, cuenta con un procedimiento específico para que una EPS pueda concluir su permanencia bajo esta administración y retornar a la gestión municipal.
El proceso se inicia con la evaluación que realiza la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) cada tres años, de manera extraordinaria o a solicitud del Otass, para determinar si la EPS ha subsanado las causales que motivaron su ingreso al RAT y si no incurre en otras nuevas.

Si el resultado es favorable, el Consejo Directivo del regulador emite un informe de recomendación que propone la conclusión del RAT, previa opinión vinculante del Otass, según el artículo 225 del Reglamento de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento (LSU), que es remitido al organismo.
Por su parte, el Consejo Directivo del Otass revisa el informe y, de ser el caso, aprueba el acuerdo que dispone la conclusión del RAT, que, para ser efectivo, debe ser ratificado mediante una resolución ministerial. El documento es enviado entonces al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), en su calidad de ente rector, para su ratificación, la misma que es emitida según los plazos determinados por sus propios lineamientos.
Post RAT
Hay que resaltar que debido a la modificación del Decreto Legislativo N° 1280 a través del Decreto Legislativo N° 1620 se incorporó el post RAT a este proceso, por lo que el Otass elaboró una nueva propuesta de procedimiento de restablecimiento de atribuciones a municipalidades accionistas de las empresas en las que concluye el RAT y el post RAT.
Esta propuesta fue remitida al MVCS, publicándose recientemente el proyecto normativo, mediante Resolución Ministerial N° 190-2025-VIVIENDA, otorgando un plazo de 15 días calendario para la emisión de comentarios de los interesados. Luego de la revisión respectiva, el ente rector aprobará la versión definitiva.
Proceso participativo
El procedimiento de restablecimiento de atribuciones a las municipalidades accionistas de la EPS, proceso que asegura la devolución ordenada de la gestión, se desarrolla bajo lineamientos normativos y cuenta con la participación del Otass, la municipalidad provincial accionista y el MVCS.
Es importante resaltar que entre los pasos a seguir destaca que el organismo debe elaborar un diagnóstico situacional de la empresa prestadora en la que se concluye el RAT, la instalación de una comisión, un informe y por último un acta de transferencia. Además, los órganos de dirección de la EPS mantienen sus funciones hasta que se conforme el directorio y se designe al gerente general de acuerdo al TUO de la Ley de Servicio Universal.
(FIN) NDP/LZD