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Congreso: proponen que Ejecutivo se encargue de evaluar y pagar pensiones a expresidentes

Iniciativa modifica Ley 26519

ANDINA/Difusión

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23:00 | Lima, ago. 14.

La bancada de Acción Popular presentó una iniciativa legislativa que modifica la Ley 26519, Ley que establece pensión para ex presidentes constitucionales de la república, a fin de precisar su concepto, la extinción del beneficio y la entidad encargada de ejecutarla.

Según el proyecto de ley, que modifica los artículos 1, 2 y 3 de la Ley N° 26519, los expresidentes constitucionales de la República gozarán de un beneficio equivalente a la remuneración de un diputado en actividad.

Asimismo, precisa que el beneficio queda en suspenso para los expresidentes de la República respecto de los cuales el Congreso haya formulado acusación constitucional, salvo que la sentencia judicial en ultima instancia los declare inocentes, y se extingue definitivamente por sentencia condenatoria.

Asimismo, establece que el Poder Ejecutivo será el encargado de realizar los pagos correspondientes previo cumplimiento de requisitos e informe favorable del Ministerio de Justicia


En la exposición de motivos, el proyecto de ley señala que en la actualidad, se ha generado un intenso debate en el país sobre la legitimidad y legalidad de un beneficio económico denominado "pensión", que el Estado otorga como dádiva a los expresidentes Constitucionales de la República, amparándose en la Ley N.° 26519.

Un aspecto crítico de esta ley, advierte, es la denominación de "pensión" porque en el contexto peruano, esta se asocia con un derecho humano derivado de aportes mensuales realizados por el trabajador al sector público o privado para garantizar un ingreso mensual al término de su vida laboral o en situaciones que le impidan continuar trabajando. Sin embargo, la pensión otorgada a los expresidentes no tiene su origen en tales aportes.

En consecuencia, subraya, existe una necesidad imperiosa de redefinir este término, sustituyéndolo por "beneficio", dado que lo estipulado en la ley es un privilegio y no un derecho general aplicable a todos.

Otro punto crucial, indica, es el origen de los recursos para el pago de este beneficio, ya que tradicionalmente, los presidentes de la República están al frente del Poder Ejecutivo, pero el Congreso de la República asume los pagos mensuales a los ex mandatarios.

En ese sentido, se afirma que "desde una perspectiva lógica y jurídica, sería más coherente que sea el Poder Ejecutivo quien asuma la responsabilidad de dichos pagos. 

(FIN) RMCH 

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Publicado: 14/8/2024