Andina

Docentes y padres tienen libre tránsito para actividades vinculadas al año escolar

Durante la cuarentena en provincias con riesgo extremo

Las actividades vinculadas al servicio de alimentación escolar también están exceptuadas de las restricciones al libre tránsito en cuarentena.  Foto: ANDINA/Minedu

Las actividades vinculadas al servicio de alimentación escolar también están exceptuadas de las restricciones al libre tránsito en cuarentena. Foto: ANDINA/Minedu

15:10 | Lima, feb. 15.

Los padres de familia, apoderados, tutores y estudiantes de educación básica alternativa y superior pueden transitar sin limitaciones durante la inmovilización social obligatoria, siempre que deban desarrollar actividades vinculadas a los procesos de admisión y matrícula 2021.

Según el decreto supremo que amplía la inmovilización social obligatoria en 32 provincias, los padres, apoderados y estudiantes quedan exceptuados de las limitaciones a la libertad de tránsito durante la recepción y recojo de materiales educativos, servicios de alimentación escolar y mantenimiento de infraestructuras, equipos y mobiliario.


Tampoco se impedirá el libre tránsito en cuarentena a los directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas que realicen actividades vinculadas a la planificación, organización y desarrollo del año escolar.

Igualmente, no habrá restricciones al libre tránsito cuando las actividades estén vinculadas al proceso de matrícula 2021, a los servicios de infraestructura, vigilancia y/o guardianía, distribución de materiales educativos, alimentación escolar y mantenimiento de infraestructuras, equipos y mobiliario.

"El Ministerio de Educación, en ejercicio de su rectoría, dicta las disposiciones pertinentes, en el marco de las medidas sanitarias vigentes y, en coordinación con los sectores competentes, de corresponder”, señala la norma legal publicada en El Peruano.


Cabe indicar que, mediante el mismo decreto supremo, el Gobierno peruano oficializó la ampliación hasta el 28 de febrero de la cuarentena total en 32 provincias clasificadas con riesgo extremo frente al coronavirus covid-19.

De acuerdo con la norma, en las provincias con nivel de alerta extremo la inmovilización social obligatoria o toque de queda será las 24 horas; en los lugares con alerta muy alto, entre las 20:00 horas y las 04:00 horas del día siguiente.

En tanto, en departamentos con nivel de alerta alto el toque de queda comienza a las 21:00 y concluye a las 04:00 horas del día siguiente; mientras que donde hay alerta moderado tiene vigencia entre las 23:00 y las 04:00 horas.

Más en Andina:

(FIN) RRC
GRM

Publicado: 15/2/2021