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SBS facilita que extranjeros puedan abrir cuenta básica en bancos, cajas y más

Medida entrará en vigencia desde el 16 de junio del presente año

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11:35 | Lima, mar. 18.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha ampliado la gama de documentos que los extranjeros pueden presentar para que puedan abrir una cuenta básica en el sistema financiero (bancos, cajas, financieras, entre otros).

La medida fue oficializada a través de la Resolución N.°00908-2025, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano. En ese sentido, se modifica el reglamento de cuentas básicas y el reglamento de operaciones con dinero electrónico, en materia de identificación y verificación del cliente.




La norma establece que las personas extranjeras, además del carné de extranjería, pueden presentar, con fines de apertura de una cuenta básica en una entidad del sistema financiero o una cuenta de dinero electrónico simplificada en una empresa emisora de dinero electrónico (EEDE), el carné de identidad, pasaporte o un documento legalmente reconocido por las autoridades competentes para la identificación de extranjeros.

Cabe recordar que la cuenta básica es una cuenta de ahorro especial que, a diferencia de una cuenta de ahorro tradicional, está sujeta a retiros y depósitos máximos por día y mensual con el objetivo de evitar que estas sean utilizadas para actividades ilícitas. 

Esta cuenta fue creada con fines de promover una mayor inclusión financiera, pudiendo ser abierta, actualmente, solo con la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) o el carné de extranjería, en una oficina, agente corresponsal (bodega, tienda, farmacia, etc.), o a través de medios digitales (portales web, celular).

Las entidades del sistema financiero podrán realizar la verificación de la información presentada para la apertura de cuentas básicas y de dinero electrónico, a través del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), la Superintendencia Nacional de Migraciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores o de cualquier otra entidad que le permita dejar constancia de la verificación realizada.

Cabe destacar que esta norma entrará en vigencia al a partir del 16 de junio del 2025 y se se da en el marco de la Política Nacional de Inclusión Financiera (PNIF), que busca mejorar el bienestar económico de la población a través de los beneficios que genera su inclusión en un sistema financiero formal.


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(FIN) NDP/GDS/CNA

Publicado: 18/3/2025