Andina

Autorizan inicio de segunda temporada de pesca de la anchoveta

Correspondiente al periodo julio-diciembre 2021

Pesca de anchoveta. Foto: ANDINA/difusión.

Pesca de anchoveta. Foto: ANDINA/difusión.

21:15 | Lima, jun. 28.

El Ejecutivo autorizó el inicio de la segunda temporada de pesca de la anchoveta en el área marítima comprendida entre los 16°00’ latitud sur y el extremo sur del dominio marítimo del Perú, correspondiente al período julio-diciembre 2021.

Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial 00173-2021-Produce publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma establece que el inicio de la Segunda Temporada de Pesca rige a partir de las 00:00 horas del cuarto día hábil contado desde el día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial.

Asimismo, esta temporada concluye una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Sur (LMTCP-Sur) autorizado, o en su defecto, no podrá exceder del 31 de diciembre de 2021.

La fecha de conclusión de la Segunda Temporada de Pesca 2021 de la Zona Sur puede modificarse en función a las condiciones biológicas-ambientales, previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), a través de la emisión de la resolución ministerial respectiva.


Límite máximo de captura
 
El Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Sur (LMTCP-Sur) del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) para consumo humano indirecto, correspondiente a la Segunda Temporada de Pesca 2021 de la Zona Sur, es de 409,000 toneladas.

Asimismo, la norma establece que solo pueden realizar faenas de pesca en el marco de la presente resolución ministerial, las embarcaciones pesqueras registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante la presente temporada de pesca, conforme al Límite Máximo de Captura por Embarcación de la Zona Sur (LMCE-Sur).

Este registro será publicado mediante resolución directoral de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, y solo podrán pescar hasta alcanzar la cuota asignada en la mencionada resolución.

La norma lleva la rúbrica del ministro de la Producción, José Luis Chicoma Lúcar.


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Publicado: 28/6/2021