El Congreso de la República oficializó la Ley de la Carrera del Trabajador Judicial que excluye de la Ley del Servicio Civil (Servir) a los 25 mil servidores jurisdiccionales y administrativos del servicio de justicia y regula su trabajo, permanencia, remuneración, ascenso y terminación de la relación laboral con el Estado.
La regulación de la Carrera del Trabajador Judicial dota a los servidores judiciales de una estructura orgánica y funcional y establece las pautas para el ingreso, permanencia y ascenso de las plazas sometidas a concurso público.
Además, señala los principios rectores para la selección, nombramiento, capacitación, deberes, régimen remunerativo, negociación colectiva y sanciones.
La norma, publicada en el boletín de Normas Legales del
Diario Oficial El Peruano, establece que e
l Ministerio de Economía y Finanzas y el Poder Judicial constituirán una comisión de trabajo que elabore la ley de la escala remunerativa de los trabajadores de la carrera judicial.
Además, dicho grupo tendrá la tarea de preparar los proyectos normativos para su concreción, en un plazo de 180 días desde la entrada en vigencia de la presente ley.
La escala remunerativa debe ser integrada al dispositivo legal en un capítulo denominado “Del régimen económico del trabajador judicial, reza el dispositivo ley.
Revise aquí la ley de la carrera del trabajador judicial by Agencia Andina on Scribd
(FIN) CVC
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Publicado: 3/4/2018