Para tal efecto, se modifica el artículo 42 de la Ley de la CTS, para autorizar que los trabajadores con enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer podrán retirar en cualquier momento el 100 % de sus depósitos de CTS.
Se autoriza también el retiro excepcional del 100 % de la CTS para los trabajadores comprendidos en el DL 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, hasta el 31 de diciembre del 2026, a fin de enfrentar los efectos de la crisis económica.
Durante la fundamentación del predictamen se precisó que las proyecciones de crecimiento económico 2025-2026 son de 2.5 % cada año, por lo que es importe aprobar el retiro hasta el 2026, a fin de contribuir con el consumo a la economía del país.
“Alentará el consumo privado, garantizando que los pequeños negocios sigan operando en el contexto de crisis económica”, precisa el dictamen.
Asimismo, se indica que con la aprobación de esta propuesta más de 19,000 pacientes de cáncer accederán a nuevos ingresos en forma permanente, que les permita afrontar los gastos de la terrible enfermedad.
(FIN) FHG/CVC